Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 24 de Abril de 2023, expediente CSS 066405/2018/CA001

Fecha de Resolución24 de Abril de 2023
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 66405/2018 VCM

Autos: “GALLEANO DANIEL DOMINGO GUADALUPE c/ ANSES

s/COBRO DE PESOS”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 66405/2018

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS

I) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia que hace lugar a la demanda interpuesta, ordenando a la accionada que dentro del término de 30 (treinta) días de quedar firme la presente, proceda a la restitución de los aportes voluntarios ingresados por el actor que fueran transferidos a dicho organismo previsional por aplicación de la ley 26.425, todo ello con intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina.

La parte demandada se agravia de la sentencia en cuanto hace lugar a la devolución de las sumas mencionadas que se encontraban acumuladas en la cuenta de capitalización individual del peticionario. Argumenta a favor del rechazo de la demanda por las consideraciones que indica en su expresión de agravios.

Además cuestiona el plazo de cumplimiento de la sentencia establecido. Por último solicita se cite a la AFIP en los términos del art. 94 del C.P.C.C.N. Cuestiona las costas a su cargo y la tasa de interés activa.

II) En orden a la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, cabe señalar que no obstante el criterio sostenido por este Tribunal en análogas situaciones (ver “B.R.N. C/MINISTERIO DE TRABAJO

Y EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/AMPAROS Y SUMARISIMOS”, Sentencia Interlocutoria Nº 94.741 del 19/11/14), en atención a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en autos “V.M.J. c/PEN-PLN y Máxima AFJP s/Amparo” Sentencia del 30 de diciembre de 2014, corresponde efectuar un nuevo análisis de la cuestión.

En el caso “Villarreal” se procede a ordenar la devolución de los aportes voluntarios oportunamente ordenados en la cuenta de capitalización individual del actor; señalando que se configuró una omisión de autoridad pública en los términos del art. 1 de la ley 16.986, dada por la omisión del Poder Ejecutivo en completar el proceso reglamentario del art. 6 de la ley 26.425 que dejó trunco tras el dictado de la resolución ANSeS nº 184/10. Así las cosas, corresponde confirmar lo decidido en este aspecto.

III) Respecto a los agravios que le merecen a la demandada la imposición de costas y la aplicación de la tasa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR