Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Noviembre de 2021, expediente A 75123

PresidenteSoria-Torres-Kogan-Genoud
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2021
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el art. 4 del Acuerdo n° 3971, procede al dictado de la sentencia definitiva en la causa A. 75.123, "G., M.I. c/ Municipalidad de General Pueyrredón s/ Pretensión anulatoria. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", con arreglo al siguiente orden de votación (Ac. 2078): doctoresS., T., K., G..

A N T E C E D E N T E S

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata, rechazó el recurso de apelación interpuesto por los actores y, en consecuencia, confirmó la sentencia del juzgado de primera instancia que declaró abstracta la pretensión interpuesta contra la Municipalidad de General Pueyrredón y desestimó las diferencias salariales reclamadas.

Disconforme con ese pronunciamiento, la parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el que fue concedido.

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor S. dijo:

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata, desestimó el recurso de apelación interpuesto por los actores, agentes de la Municipalidad de General Pueyrredón, confirmando el fallo de primera instancia en cuanto fuera materia de agravio, con costas en el orden causado.

Para así decidir:

I.1. Expuso en el relato de antecedentes que la demanda articulada perseguía: a) la anulación de los decretos municipales 1.485/06, 1.486/06 y 1.487/06 (mediante los cuales se dispuso la creación y puesta en funcionamiento de un nuevo escalafón del personal de la comuna, una nueva escala salarial en función del mencionado escalafón y un nomenclador de cargos), del art. 57 de la ordenanza 17.732 (que convalidó el nomenclador de cargos aprobado por el mencionado decreto 1.485/06), como así también del decreto 1.451/07 (que rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por los anteriores), con fundamento en que el escalafón del año 2006 representaba un "reencasillamiento indebido" del agrupamiento profesional, en tanto perjudicaba los derechos a la remuneración y a la carrera administrativa, a la igualdad, a igual remuneración por igual tarea y al derecho de propiedad; b) el reconocimiento de los actores a ser debidamente encasillados con la consecuente condena para que la Municipalidad dicte los actos necesarios para que el Grupo Ocupacional Profesional -al que pertenecen- sea correctamente encasillado, manteniendo la debida equidistancia con los restantes agrupamientos y c) consecuentemente, se le abonen las diferencias salariales que surjan como consecuencia de la nulidad del esquema escalafonario del año 2006.

I.2. Hizo referencia a las denuncias de hechos nuevos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR