Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 12 de Julio de 2023, expediente CNT 030284/2021/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA II
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE NRO.: 30284/2021
AUTOS: GADEA, L.A. C/ COOPERATIVA FERROVIARIA SOC.
DEL ESTADO Y OTROS S/DESPIDO
En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
La Dra. A.E.G.V. dijo:
I- Arriban las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso interpuesto por la parte actora, contra la resolución dictada en primera instancia mediante la cual la sentenciante de grado declaró la litispendencia de las presentes actuaciones respecto de la causa N°8494/2020 “G., L.A. C/ Transportes Metropolitanos Gral. Roca S.A.
Y Otros S/Despido”, la cual tramitaba por ante el mismo juzgado y ordenó el archivo de las presentes actuaciones.
La recurrente sostiene lo que correspondía era resolver la acumulación de las actuaciones ya que “…la litispendencia es conforme artículos 76 y 141 de la L.O., es una excepción que puede interponer la demandada al momento de ejercer su defensa.”.
II- En el concreto marco de este expediente cabe destacar que los señalamientos efectuados por el recurrente en el recurso de apelación importan denunciar la existencia de una situación de litispendencia que puede válidamente ser enmarcada en las previsiones del art. 347 del CPCCN, por lo que con tal encuadre he de proceder a analizar si se encuentran reunidos los requisitos que permitirían considerar configurada la triple identidad de sujetos, objeto y causa que impediría el progreso del presente trámite.
Teniendo a la vista la presente de la lectura del escrito de inicio se advierte en primer lugar que el actor persigue la nulidad del despido decidido por la empleadora -
Operadora Ferroviaria Sociedad Del Estado- y el cual habría sido, según expone,
discriminatorio, solicitando que se ordene su reinstalación y se condene a las demandadas en forma solidaria al pago de una “…justa INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y
Fecha de firma: 12/07/2023 PERJUICIOS POR DAÑO
Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA
MORAL sufrido…” (las mayúsculas corresponden el original),
Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA
así como al pago de los salarios caídos desde la fecha del...
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