Sentencia de Sala A, 29 de Noviembre de 2013, expediente CPE 000330/2006

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2013
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 330/2006/CA1 Reg. Informático N° 58/2013 S., G.W.;M., A.;T., A.A.;K., B.R.;R., F.D. SOBRE ASOCIACION ILICITA Causa N° 330/2006/CA1, Orden N° 28.720, Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N° 3, S. “A”.

mra (mlb)

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el letrado defensor de A.M., G. W.

  1. y S.H.K. contra la resolución que dispuso el procesamiento de sus asistidos.

    El recurso de apelación interpuesto por el letrado defensor de J.S.K.R. y N.E.G. contra la resolución que dispuso el procesamiento de sus asistidos.

    El recurso de apelación interpuesto por el letrado defensor de B.R.K. y

    V.L.K. contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de sus asistidos.

    El recurso de apelación interpuesto por el letrado defensor de F.D.R.

    contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de su asistido.

    Los recursos de apelación interpuestos por el letrado defensor de D.A.P., D.H.S.M. y J.L.S.M. contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de sus asistidos.

    El recurso de apelación interpuesto por los letrados defensores de H.R.V.

    contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de su defendido.

    El recurso de apelación interpuesto por el defensor oficial de G.E.C.

    contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de su defendida.

    El recurso de apelación interpuesto por los letrados defensores de A. C. B.

  2. contra la resolución que dispuso el procesamiento y embargo sobre los bienes de su defendida.

    El recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal contra la resolución que dispuso sobreseer a A.A.T. y declaró la falta de mérito para procesar o sobreseer a R.J.B.

    El recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado de la Administración Federal de Ingresos Públicos en su calidad de parte querellante contra la resolución que sobresee a A.A.T., C.J.B. y R.S.B. y declara la falta de mérito para procesar o sobreseer a R.J.B., M.A. y M.C.C.

    El escrito presentado por los letrados defensores de G.S., A.M. y N.G. en sustento de sus respectivos recursos y la adhesión a los mismos respecto de J. S.

  3. R.

    La expresión de agravios presentada por escrito por quien actualmente asiste a S.H.K.

    El memorial escrito presentado por quien actualmente asiste a F.D.R., B.

  4. K. y

    V.L.K. en sustento de los respectivos recursos.

    Los escritos presentados por el letrado defensor de D.A.P., D.H.S.M. y J.L.S.M. en sustento de sus respectivos recursos.

    El escrito presentado por los defensores de H. R.

    V. en sustento del recurso.

    La memoria escrita presentada por el defensor oficial de G.E.C. en sustento del recurso.

    Lo informado oralmente por los letrados defensores que asisten a A. C. B.

  5. en sustento del recurso.

    La memoria escrita presentada por el F. General en sustento del recurso interpuesto por el fiscal de primera instancia.

    El informe escrito presentado por el letrado apoderado de la parte querellante en sustento del recurso interpuesto.

    El escrito presentado por el defensor oficial que asiste a M.A. propiciando que se confirme la falta de mérito de su defendida.

    El memorial presentado por el letrado defensor que asiste a R.J.B. en procura de que se confirme la falta de mérito de su defendido.

    Lo informado oralmente por el letrado que asiste a C.J.B. en procura de que se confirme el sobreseimiento apelado por la parte querellante.

    Y CONSIDERANDO:

    I.-) Que el auto de procesamiento dictado respecto de G.W.S., A.M., B.

  6. K.,

    V.L.K., F.D.R., D.A.P., D.H.S.M., J.L.S.M., H.R.V., J.S.K.R., A.

    Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 330/2006/CA1 C.B.K., S.H.K., G.E.C. y N.E.G. se funda en la estimación de que formaron parte de una asociación destinada a cometer hechos de defraudación tributaria, lo que la jueza considera que configura el delito del artículo 210 del Código Penal.

    II.-) Que respecto de G.W.S., A.M. y N.E.G. los defensores sostienen que la instrucción del proceso es nula afirmando que el derecho de...

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