Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 9 de Marzo de 2018, expediente CIV 054407/2016/CA001

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 54407/2016. G., M.E. Y OTRO s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Juz. 8 A.B.

Buenos Aires, de marzo de 2018.- SS AUTOS Y VISTOS:

I.-H. dado cumplimiento a la intimación efectuada a fs. 324, se provee el escrito de fs. 320/323.

La Dra. S.M., en su carácter de ex curadora provisoria a los bienes de la Sra. M.E.G., interpone recurso de reposición in extremis contra el decisorio de fs. 319, en el que se tratan las apelaciones contra la regulación de sus honorarios de fs. 299.-

  1. La revocatoria “in extremis” es un mecanismo impugnativo pensado para remover injusticias notorias originadas en errores de hecho cometidos por órganos jurisdiccionales, y que no encuentran solución idónea en la panoplia tradicional de remedios y recursos (conf. R.A.-J.R. “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación” Comentado, Anotado y Concordado con los Códigos Provinciales, tomo I, Ed. Rubinzal- Culzoni, 1991, pág. 769).-

    Si bien las resoluciones del Tribunal de Alzada no son, en principio, susceptibles de recurso de reposición, por no revestir aquéllas el carácter de providencias simples y no existir otros remedios contra esas decisiones que los expresamente previstos por la ley, este principio reconoce excepciones en circunstancias excepcionales cuando por mediar un error esencial en la apreciación de los antecedentes del caso, el mantenimiento de la situación conduciría a un resultado injusto, reñido con un adecuado servicio de justicia, que es deber de los jueces preservar (conf. C.S.J.N. 18-12-90, “L.S.A. c/ Macrosa Brothers Maquinarias S.A.).

    Este instituto creado jurisprudencialmente, resulta procedente en supuestos en donde se advierte la concurrencia del Fecha de firma: 09/03/2018 Alta en sistema: 20/03/2018 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., Juez de Cámara (subrogante)

    Firmado por: G.A.I., Juez de Cámara (subrogante)

    En el supuesto de autos...

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