Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 15 de Agosto de 2019, expediente CIV 001220/2016/CA003

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F Expte. n° 1.220/16 Sala F “G, L y otros s/control de legalidad – ley 26061” (J.

77).

Buenos Aires, agosto de 2019.DG VISTOS Y CONSIDERANDO:

Estos autos fueron elevados en virtud de los recursos de

apelación interpuestos a fs. 905 por los pretensos guardadores preadoptivos, S..

J M H y S A G y a fs. 918 por el Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra la resolución de fs. 882/886 por

medio de la cual la Señora Juez aquo dispuso la suspensión de la vinculación del

matrimonio antes mencionado con los niños M y L, hasta tanto se cuente con el

resultado de las pruebas, evaluaciones y oficios que allí también se ordenan. Los

memoriales se encuentran agregados a fs. 1055/1070 y fs. 1009/1041,

respectivamente. La Sra. Defensora de Menores de Cámara se expidió a fs.

1110/112 propiciando se confirme el pronunciamiento apelado.

Conforme surge de las constancias de autos a fs. 304/309 se

declaró la situación de adoptabilidad de los menores L S G nacido el 4/4/14 y de

M S G nacida el 5/3/2016, resolución que fue confirmada por este Tribunal a fs.

373/374. A fs. 309 se ordenó que se requiera al Registro Único de Adoptantes el

envío de carpetas de postulantes.

En virtud de ello a fs. 548 se ordenó citar a los postulantes a una

audiencia que fue llevada a cabo con fecha 3 de diciembre y de la cual

participaron la Trabajadora Social de la Defensoría Pública de Menores –Lic.

L.C. la Lic. A.V., Trabajadora Social del Juzgado. El

matrimonio mantuvo una entrevista con la juzgadora conforme el legajo del

RUAGA n° 098/14, aprobado con fecha 8/1/15, donde luego de un intercambio de

ideas y datos relativos a los menores se dispuso la vinculación del matrimonio con

los menores con la modalidad que el Área de Seguimiento del Programa de Niñas

y Niños Privados de Cuidados Parentales del CDNNyA del GCBA, junto con el

equipo técnico del Hogar Querubines establezcan, pudiendo los niños pernoctar

en el domicilio del matrimonio. El proceso de vinculación tuvo inicio con fecha

Fecha de firma: 15/08/2019 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #27960053#241585382#20190815083204385 27 de diciembre de 2018 tal como surge del informe elaborado por el Hogar

Querubines obrante a fs. 875/879, en el cual describen cómo se fue llevando a

cabo el mencionado proceso y el vínculo generado entre los niños –quienes se

encuentran institucionalizados hace ya más de 3 años, L desde que contaba con un

año y medio de vida y M desde su nacimiento y el matrimonio y su familia.

Ahora bien, el tema central a resolver es la suspensión de la

vinculación a pedido del Señor Defensor de Menores de Primera Instancia. Tal

como lo señala en su dictamen de fs. 848/874 todos los informes emitidos por los

diversos institutos encargados del seguimiento del proceso de vinculación eran

alentadores hasta que en el informe de fecha 718/720 el Hogar Querubines

manifestó que “uno de los postulantes (S) es artista y parte de sus muestras se

basan en el arte erótico y se presume pornografía. Es esencial resguardar a los

niños y evitar la posible vulneración de sus derechos. En este...

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