Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 14 de Septiembre de 2018, expediente CFP 017305/2016/3/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 17305/2016/3/CA1 CCCF – Sala 2 CFP 17305/2016/3/CA1 “G., J. A s/ procesamiento y embargo”

Juzg. Fed. n° 9 – S.. n° 17 Buenos Aires, 14 de septiembre de 2018 Y VISTOS Y CONSIDERANDO: I- Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal como consecuencia del recurso de apelación interpuesto a fojas 13/4 del incidente por el Dr. J.G., contra el auto obrante a fojas 1/12 en tanto decretó el procesamiento sin prisión preventiva de J. A.

G. por considerarlo prima facie coautor penalmente responsable de los delitos de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro y uso de documento falso, previstos y reprimidos en el art. 277 inc. 1 y 3, “B” y art.

296, en función del art. 292, ambos del Código Penal. Además se ordenó

trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de diez mil pesos ($

10.000). II- El apelante se agravio del temperamento incriminatorio adoptado, por cuanto sostuvo que no fue acreditada la intervención de su asistido en la maniobra endilgada.

Subsidiariamente, cuestionó el monto de la medida cautelar impuesta. III- No existe discusión en punto a que a raíz de la denuncia formulada el día 22 de noviembre del año 2016 por la controladora administrativa de faltas en el área de Dirección Gral.

Administración de Infracciones de esta Ciudad, se procedió al secuestro de un automóvil marca Ford modelo Fiesta, con dominio colocado M., una cédula de identificación automotor n° A. expedida por la D.N.R.P.A correspondiente al dominio M. y una tarjeta de seguro plastificada de la compañía aseguradora “Mercantil Andina” a nombre de F.M.E. (cfr. fs. 1/2, 7 del principal).

Según pudo establecerse en la pesquisa, los números de motor y chasis del rodado le correspondían al dominio A., el cual fuera denunciado como sustraído el día 18 de agosto del año 2016 en la Comisaría n° 2 de Morón, Provincia de Buenos Aires y sobre el cual Fecha de firma: 14/09/2018 Alta en sistema: 17/09/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.L.P., Secretaria de Cámara #32488807#216399515#20180914132113709 versara un pedido de secuestro vigente de la UFI nro. 3 del departamento Judicial de la misma localidad (cfr. fs. 68/71, 145/166, todas del ppal.).

También se determinó que la cédula incautada y la tarjeta del seguro resultaban apócrifas y que las patentes M. correspondían a otro rodado (cf.

fs. 116/119, 130/132...

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