Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 3 de Marzo de 2017, expediente CIV 063276/2010

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I Expte:

G.J.N. c/B.J.E. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 2 de marzo de 2017 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Si bien es cierto que la Corte Federal se ha pronunciado con relación a la cuestión relativa a la oponibilidad de la franquicia respecto de la víctima del hecho ilícito en un sentido distinto al propiciado en sentencia dictada en la instancia de grado, lo cierto es que las razones por las que este colegiado desestimó el recurso de apelación contra tal aspecto de la sentencia se vincularon con la circunstancia de que el mismo profesional que representa a la empresa de transportes también es apoderado de la aseguradora citada en garantía, configurándose así un supuesto de intereses opuestos que, a la postre, determinó la declaración de deserción del recurso respectivo y la confirmación de lo resuelto en la instancia de grado.

Se advierte así que la cuestión resuelta en esta instancia es de hecho y derecho procesal, propia de los jueces de la causa y ajena a la vía extraordinaria, y que la sentencia cuenta con fundamentos de ese carácter que bastan para sostenerla como acto jurisdiccional, lo que obsta a la tacha de arbitrariedad (Fallos 274:462; 278: 135; etc.). Las garantías constitucionales cuyo desconocimiento se alegan carecen, así, de relación directa e inmediata con lo decidido, tal como lo exige el artículo 15...

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