Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 21 de Septiembre de 2018, expediente FCB 056943/2018/CA001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “G.I.C.M.T. c/ P.A.M.

  1. s/ AMPARO LEY 16.986

    doba, veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho.-

    Y VISTOS:

    Estos autos caratulados: “G.I.C.M.T. c/

    P.A.M.

  2. s/ AMPARO LEY 16.986” (Expte. Nº FCB 56943/2018/CA1)

    venidos a conocimiento y decisión del tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte demandada, PAMI en contra de la resolución de fecha 11 de julio de 2018 dictada por el señor Juez Titular del Juzgado Federal de V.M. (fs. 44/44vta.), y en el que dispuso hacer lugar a la medida cautelar y en consecuencia ordenar a la parte demandada proceda a arbitrar los medios necesarios y pertinentes a los fines que se extienda a favor de la amparista la autorización y provisión de la medicación BLASTOFERON 44 MCG INTERFERON BETA (12 MUI/ml).-

    Y CONSIDERANDO:

  3. De una breve reseña de estos actuados puede señalarse que con fecha 02/07/2018 la señora G.I., C.M.T. con patrocinio letrado de la señora Defensora Pública Oficial, M.L.F., promueve la presente acción de amparo en contra del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP –

    PAMI), solicitando se ordene a la demandada que brinde la cobertura del 100 % de BLASTEFERON 44 MCG (INTERFERON BETA – 12 MUI/ML), de cama ortopédica con control eléctrico de cabecera y pies y silla de ruedas ultraliviana con chasis de aluminio, respaldo anatómico subescapular tipo jay III de control lateral intermedio, ruedas inflables con doble arco y sistema de extracción rápida y apoya brazos rebatibles, apoya pies regulables en altura y desmontables, cinturón pélvico, tipo B p, centro Fecha de firma: 21/09/2018 Alta en sistema: 25/09/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #32155564#216178913#20180924111816059 de gravedad eje regulable, almohadas antiescaras, sujeto a control médico y la totalidad de las prestaciones médicas para tratar la esclerosis múltiple que padece conforme la evolución de su enfermedad y requerimientos de la misma. Solicita como medida cautelar la autorización y provisión de la medicación BLASTOFERON BETA 1B. Cita doctrina y jurisprudencia.

    Invoca normativa nacional y Tratados Internacionales que avalarían su postura. Hace reserva del caso federal (fs. 31/40vta.).-

    Con fecha 11 de julio de 2018 el señor Juez de grado declara su competencia para entender en la causa, tiene por iniciada la acción de amparo y acoge favorablemente la medida cautelar respecto de la autorización y previsión de la medicación, entendiendo configurados los requisitos para su concesión, todo lo cual es materia de apelación en esta Alzada por parte de la demandada PAMI, escrito que se encuentra agregado a fs. 52/54vta..-

    En primer lugar se agravia el recurrente por cuanto manifiesta que no se encuentran acreditados los presupuestos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, expresando además que deben exigirse de manera rigurosa dichos requisitos. En segundo sostiene que su representada en ningún momento actuó con arbitrariedad o ilegalidad en la pretensión objeto de la presente litis. Entiende asimismo que la medida ordenada coincide con el fondo de la causa, y que con su...

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