Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 11 de Julio de 2018, expediente CIV 081042/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Julio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G G., G.A. Y OTRO s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD J. 23 SALA G Relación Expte. n° 81042/2016/CA1 Buenos Aires, de julio de 2018.- ML VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de la sala en virtud de las apelaciones interpuestas por la denunciada y la Defensora de Menores e Incapaces contra la resolución de fs. 54/55 que dispuso no hacer lugar al pedido de dejar sin efecto la designación de peritos con el fin de realizar la evaluación a través de la Oficina del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos creada por la Resolución DGN N° 349/13 y anexo, o en su defecto, del Cuerpo Médico Forense. Los agravios de fs. 64/67 fueron respondidos a fs. 71/73 y la representante del Ministerio de la Defensa de Cámara mantiene el recurso de su par de la anterior instancia (fs. 87).

    Por otro lado, se alza la denunciada contra la providencia de fs. 63 en cuanto rechazó la designación de un defensor público curador, en virtud de los agravios de fs. 75/76, que no merecieron respuesta en tiempo (v. fs. 84).

  2. Con relación al recurso deducido contra la resolución de fs. 54/55, el art. 624 del Código Procesal establece como presupuesto de admisibilidad de la denuncia la presentación de dos certificados médicos. Revelada la imposibilidad de adjuntar dichos instrumentos en el escrito de inicio, el a quo designó de oficio un perito médico psiquiatra y un perito psicólogo (fs. 12).

    De la compulsa de las actuaciones se desprende que a fs. 47 se presentó la denunciada, asistida por la Defensoría Pública Oficial, y solicitó dejar sin efecto la designación de peritos para realizar la evaluación señalada a través de la Oficina del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos dependiente de la Secretaría Fecha de firma: 11/07/2018 Alta en sistema: 20/07/2018 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA #29113637#211148613#20180710140041069 General de Política Institucional de la Defensoría General de la Nación creada por la Resolución DGN N° 349/13 y anexo, o en su defecto, del Cuerpo Médico Forense.

    Y a fs. 49/50 las denunciantes se opusieron a la propuesta por haber abonado el anticipo de gastos pertinente, por tratarse de un cuerpo dependiente de la Defensoría que resulta ser parte en el presente, e invocaron lo dispuesto por el art. 626 del rito.

    La defensora de menores e incapaces se adhirió a la petición efectuada por la denunciada, a fs. 53.

    Ahora bien, tal como se...

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