Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA K, 27 de Noviembre de 2014, expediente CIV 011615/2011/CA001

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorSALA K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K 11615/2011 Buenos Aires, de noviembre de 2014.- MS AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el pronunciamiento de fs. 479/480, interpone recurso de apelación el denunciante, C M G, cuyos agravios se esgrimen a fs. 489/491, los que fueron contestados a fs. 500/501 por M.Á.G..

    La decisión cuestionada declara a G.G. inhábil en los términos del art. 152 bis, inc. 2° del Código Procesal para disponer y administrar sus bienes y establece el alcance de los actos que se le permiten realizar, además designa curador definitivo a M Á G.

  2. Tres son los agravios formulados. El primero consiste en que se ha dictado resolución sin que se haya realizado el estudio médico denominado “Tomografía axial computarizada”, el segundo radica en que la patología que padece el Sr. G, denominada “Leucoencefalopatía microangiopática”, causa el deterioro cognitivo de origen vascular que padece y el tercero, que pese a que la perito psicóloga B informó que el deterioro difuso de las funciones cognitivas superiores que presenta y se manifiesta en fallas de razonamiento, memoria, atención, orientación, capacidad de manejar dinero, etc, el Sr. Juez de grado solo lo ha declarado inhábil en los términos del art. 152 bis., inc. 2° del Código Civil.

    Cuestiona además, que se haya designado curador definitivo de su padre, G.G., a su hermano M A G. Radica su agravio en que lo ha denunciado penalmente y en la existencia del estado de dependencia psíquica y física en que se encuentra el causante respecto de su hermano, M.A.G..

  3. La perito psicóloga designada, L.. B concluye, luego de examinar al causante, que tiene un desempeño positivo tanto en la escala de autocuidado como en la de las actividades de la vida diaria descriptas a fs. 253, con excepción del manejo de cheques, cuentas bancarias o gastos mayores que lo maneja su hijo M A bajo la supervisión del causante. Indica que no presenta sintomatología compatible con demencia senil, pero sí un deterioro difuso de las funciones cognitivas superiores esperables a su edad que se encuentran en estado avanzado debido a la falta de tratamiento médico que compense el déficit (fs.

    Fecha de firma: 27/11/2014 Firmado por: JUECES DE CAMARA Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.D., JUEZ DE CAMARA 252/255). Frente a la impugnación deducida, el informe pericial ha sido ratificado a fs. 338.

    Los informes periciales psiquiátricos producidos en...

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