Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 6 de Noviembre de 2017, expediente CFP 013953/2017/2

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 13953/2017/2 Sala II - CFP 13953/2017/2/CA1 G., G.N. s/exención de prisión -casación-

Juzgado 6 - Secretaría 11 Buenos Aires, 6 de noviembre de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que contra la decisión de esta Sala obrante a fs. 17 de esta incidencia, que confirmó la denegatoria de la exención de prisión de G.

N. G., su defensa técnica, a cargo de la Dra. M.C.V., interpuso recurso de casación.

Objetivamente el remedio cumple con las condiciones de tiempo y forma, habiendo sido interpuesto ante el Tribunal que dictó la resolución, por quien está legalmente facultada para hacerlo y posee interés en impugnar en tanto aquella ha sido contraria al derecho invocado por la parte.

Asimismo, no está en discusión el carácter de sentencia equiparable a definitiva de la resolución en crisis, ello así en atención a los reiterados precedentes en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha asignado tal carácter a autos que como el que aquí nos ocupa restringen la libertad del imputado con anterioridad al fallo final, ocasionando un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho que requiere tutela inmediata (cf. causa n° 20.907 “R.” del 30/3/04, reg. n° 22.235, causa n° 21.036 “R.” del 29/4/04, reg. n°

22.367 y causa n° 20.982 “B.” del 16/11/04, reg. n° 23.108; y de la CSJN Fallos 307:549, 308:1631, 314:791, 324:1632 y 324:3952).

Por otra parte, la naturaleza del planteo suscita cuestión federal y excita la intervención del Tribunal de Casación por cuanto se sostiene la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva relacionada con el conjunto de normas de rango constitucional y legal que conforman las pautas dentro de las cuales transita la libertad del imputado en...

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