Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 12 de Septiembre de 2013, expediente FCB 051006008/1997

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2013
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación AUTOS: “FUNES, N. c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO s/ DAÑOS VARIOS”

En la ciudad de Córdoba, a 12 días del mes de septiembre del año dos mil trece reunidos en Acuerdo la Sala “A” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “FUNES, N. c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO – DAÑOS VARIOS”

(Expte. N° 51006008/1997), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte demandada en contra de la Resolución N° 26 de fecha 1 de marzo de 2013, dictada por la señora Juez Federal Ad Hoc del Juzgado Federal de Río IV, obrante a 311/312, por la que se dispuso: “

  1. Ampliar los honorarios regulados a los Dres. O.H.S.B. y Estela M. GANDIA en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCO CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 505,95.-), en forma conjunta y en proporción de ley, conforme lo expuesto en el Considerando 3.

  2. Ampliar los honorarios de los peritos Ingeniero Civil Eduardo O.

    QUIROGA y psicólogas designados en autos, L.M.C.G. y M.G.D. en la sumas de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 147,94.-), en la de PESOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 88,76.-) y en la de PESOS CATORCE CON SETENTA Y NUEVE ($ 14,79.-), respectivamente, conforme lo expuesto en el Considerando 3…”.

    Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces de Cámara emiten su voto en el siguiente orden: C.J.L. -J.V.M. -I.M.V.F..-

    El señor Juez de Cámara Subrogante, doctor C.J.L., dijo:

  3. Llegan los presentes autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación jurídica de la parte demandada en contra de la Resolución N° 26 de fecha 1 de marzo de 2013, dictada por la señora Juez Federal Ad Hoc del Juzgado Federal de Río IV, obrante a 311/312, por la que se dispuso: “

  4. Ampliar los honorarios regulados a los Dres. O.H.S.B. y Estela M. GANDIA en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCO CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 505,95.-), en forma conjunta y en proporción de ley, conforme lo expuesto en el Considerando 3.

  5. Ampliar los honorarios de los peritos Ingeniero Civil Eduardo O.

    QUIROGA y psicólogas designados en autos, L.M.C.G. y M.G.D. en la sumas de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 147,94.-), en la de PESOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 88,76.-) y en la de PESOS CATORCE Poder Judicial de la Nación AUTOS: “FUNES, N. c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO s/ DAÑOS VARIOS”

    CON SETENTA Y NUEVE ($ 14,79.-), respectivamente, conforme lo expuesto en el Considerando 3…”.

  6. La recurrente expresa agravios mediante escrito agregado a fs. 316/318.

    Su queja radica, en primer término, en que el Sentenciante dispuso ampliar los honorarios oportunamente regulados en la resolución de primera instancia, que fueran confirmados por esta...

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