Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 9 de Agosto de 2019, expediente COM 023828/2017/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial JMB.

J.. 5 - Sec. 10.

23.828/2017

FUNDACION POR LA PAZ Y AMISTAD DE LOS PUEBLOS LE PIDE LA

QUIEBRA COOPERATIVA DE CREDITO DEL MILENIO LTDA.

Buenos Aires, 9 de agosto de 2019.-

Y VISTOS:

  1. ) Apeló la accionada la resolución dictada a fs. 113 en donde el juez de grado rechazo las explicaciones que vertió en su presentación de fs. 81/5.-

    Los fundamentos fueron expuestos a fs. 118/22, siendo contestados a fs. 126/7.

  2. ) Se quejó la recurrente porque el magistrado rechazó las explicaciones que vertió en los términos del art. 84 LCQ sin haberse expedido sobre su planteo acerca de que la cooperativa accionante promovió simultáneamente varios pedidos de quiebra con base en la misma documentación seguidos contra los libradores de los cheques y la apelante como endosante. Señaló que ello demostraría que la intención de la accionante es eludir el juicio ejecutivo y ejercer presión sobre los demandados persiguiendo la declaración en quiebra de éstos, ejerciendo una actitud abusiva.

    Añadió que tampoco se tuvo en cuenta que negó el estado de cesación de pagos adjudicado como así también que quepa la atribución de las firmas insertas en los documentos a algún representante de la fundación. Indicó que correspondía Fecha de firma: 09/08/2019

    Alta en sistema: 02/10/2019

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

    ordenar una pericia caligráfica y contable para demostrar la existencia de la deuda en su cabeza. Reiteró la negativa de la deuda y que las firmas que se le adjudican en los cheques base de este reclamo pertenezcan a representantes de dicha entidad.

    Argumentó que la cooperativa accionante no había probado sumariamente el crédito invocado.

  3. ) Pues bien, en autos se presentó C.erativa de Crédito del Milenio Ltda solicitando la declaración de quiebra de Fundación por la Paz y Amistad de los Pueblos, con base en once (11) cheques endosados por esa entidad que fueron rechazados al ser presentados al cobro. -

  4. ) Pues bien, en primer lugar, señálase que el hecho de que la cooperativa acreedora hubiera promovido pedidos de quiebra contra los libradores de los cheques, en forma simultánea con este proceso, en donde se acciona contra la fundación como endosante de los cartulares, no es óbice para el progreso de esta acción.

    En efecto, la accionante se encuentra...

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