(*) - FUNDACION ESPERANZA DE VIDA - (*) - FUNDACION ESPERANZA DE VIDA

Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2023

CONSTITUCIÓN FUNDACION ESPERANZA DE VIDA: Por instrumento privado de fecha 27 de octubre de 2022, se constituye una sociedad por acciones simplificada con las siguientes previsiones: 1) SOCIO UNICO: Mario Jesús Cisterna, de nacionalidad argentino, con Documento Nacional de Identidad Número 29650045, CUIT/CUIL 20-29650045-4, nacido el día 190 de Enero del año 1983, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio real en calle el Carolino Callejón Aros, s/n de La Consulta, Departamento San Carlos, Provincia de Mendoza y domicilio electrónico: lyanez@grupoumsa.com. 2) DENOMINACIÓN: “FUNDACION ESPERANZA DE VIDA SAN CARLOS.”. 3) SEDE SOCIAL: calle Carolino Callejón Aros s/n La Consulta, Departamento San Carlos, Provincia de Mendoza. 4) OBJETO SOCIAL: ARTICULO 1º: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACION. En San Carlos, Provincia de Mendoza, en donde fija su domicilio queda constituida por tiempo indeterminado, una fundación que se denominará “FUNDACIÓN ESPERANZA DE VIDA DE SAN CARLOS”, la que podrá tener representaciones, filiales o delegaciones en cualquier punto de la República Argentina y en el extranjero. La dirección de la sede de la Fundación queda establecida en el Acta Constitutiva de la entidad, pudiendo modificarla el Consejo de Administración.- ARTICULO 2º: OBJETO: La FUNDACIÓN tendrá por objeto: a) Contribuir con recursos humanos y materiales para acompañar, colaborar y dar tratamiento a pacientes oncológicos; b) Propulsar el desarrollo y actividades de prevención y concientización a todas las personas sobre la enfermedad del cáncer; c) Fomentar la solidaridad y cordiales relaciones entre sus asociados y consolidar relaciones con asociaciones similares y federaciones afines, del país y del extranjero, sean profesionales o aficionados, pudiendo afiliarse a las mismas, celebrar acuerdos o contratos, si así se estimare conveniente y suscribir todos los pactos necesarios para la consecución de sus fines; d) Propulsar acuerdos y acciones para el mejoramiento de la calidad de vida, desarrollo humano y la integración de los pacientes oncológicos; e) Contribuir, a través del deporte, turismo, y demás actividades culturales a la integración y desarrollo social de los pacientes oncológicos, sus familias y el resto de la comunidad; f) Fomentar la firma de convenios con entidades públicas como privadas departamentales, provinciales, nacionales o del extranjero para dar cumplimiento a los fines propuestos; g) Dar...

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