Sentencia Definitiva de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 5 de Mayo de 2010, expediente L 95126

PresidentePettigiani-Soria-Kogan-Negri
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2010
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Dictamen de la Procuración General:

El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Bahía Blanca desestimó, en lo sustancial, la demanda iniciada por L.O.F. contra H.J.B., único titular de la empresa “Transportes Bigliardi” (fs. 232/240).

Se alza, por apoderado, la parte actora mediante recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley (fs. 246/252 vta.).

A mi ver, el primero de ellos, único que motiva mi intervención según la vista conferida en fs. 259, ha sido mal concedido (v. fs. 253).

Ello así, puesto que pese a aparecer enunciada su deducción, la presentación recursiva no contiene a lo largo de su exposición argumentación alguna vinculada con la inobservancia de las exigencias establecidas por los arts. 168 y 171 de la Carta local, sin que de los agravios propuestos pueda inferirse que se pretenda la declaración de nulidad de la sentencia impugnada (conf. S.C.B.A. causas L.74.165, sent. del 18-IX-2002; L. 86.475, sent. del 3-XI-2004, entre otras).

Por todo lo cual cabe concluír, tal como lo adelantara, que el recurso extraordinario de nulidad en examen ha sido mal concedido en la instancia de origen y así propongo que V.E. lo declare.

Tal es mi dictamen.

La P., 8 de febrero de 2006 - J.A. de Oliveira

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 5 de mayo de 2010, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., S., K., N., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 95.126, "F., L.O. contra Transporte Bigliardi y otro. Diferencia de haberes".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo n° 1 de Bahía Blanca hizo lugar parcialmente a la demanda deducida, con costas en el orden que establece (fs. 232/240).

La parte actora dedujo recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 246/252 vta.).

Oído el señor S. General (fs. 260 vta.), dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ¿Ha sido bien concedido el recurso extraordinario de nulidad?

    Caso afirmativo:

  2. ¿Es fundado?

    Caso negativo:

  3. ¿Lo es el de inaplicabilidad de ley?

    V O T A C I Ó N

    A la primera cuestión planteada, el señor Juez doctor P. dijo:

    1. El tribunal del trabajo que intervino en estos autos, y en lo que es materia de agravio, rechazó la...

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