Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 28 de Febrero de 2023, expediente FSA 008658/2022/CA002

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FRIAS, VIVIANA C/ OBRA SOCIAL DE

TECNICOS DE VUELO DE L. AEREAS Y

OTRO S/ AFILIACIONES -HONORARIOS

-EXPTE. N° FSA 8658/2022/CA2 -JUZGADO

FEDERAL DE SALTA N° 1-

ta, 28 de febrero de 2023.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Teniendo en cuenta la solicitud del Dr. M.R.G. referida a la regulación de sus honorarios por su actuación en esta segunda instancia como letrado patrocinante de la actora, lo previsto en el art. 30 de la ley 27.423 y considerando la tarea profesional desempeñada (cfr. escrito de fecha 21/10/22 de contestación del recurso de apelación interpuesto por la demandada en contra de la sentencia de fondo), el resultado obtenido con imposición de costas a la vencida (cfr. resolución del 16/12/22 de este Tribunal)

y el monto establecido en primera instancia que se encuentra firme -y se ajusta a los fines de la presente de conformidad con la Acordada N° 3/23 del 24/2/23

de la CSJN que elevó el valor de la unidad arancelaria (UMA) a $12.479- (cfr.

resolución del 29/12/22), se regulan los honorarios profesionales por su actuación ante esta Cámara en la suma de $52.411,80 (pesos cincuenta y dos mil cuatrocientos once con ochenta centavos), equivalente al 30% del monto establecido para el proceso principal, con más el IVA correspondiente en caso de revestir el letrado la condición de responsable inscripto frente al tributo. ASI

SE DECIDE.

meme Fecha de firma: 28/02/2023

Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

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