Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 16 de Agosto de 2018, expediente CAF 028367/2010/CA001 - CA002

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 28.367/2010 F.V.M. c/ EN-SIDE-RESOL 568/09 s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de agosto de 2018. JEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la decisión de primera instancia rechazó lo solicitado por la actora para que intime a la A.F.I.

    a que modifique la resolución nº 568/09 y dar encuadramiento a la baja del actor en los términos del artículo nº 63 y cc del anexo I del decreto 1088/93 o bien que ordene a la Caja de la Policía Federal que cumpla con la sentencia y dé encuadramiento al retiro del actor en la norma citada según la modificación resuelta por esta sala a fs.

    474/483.

  2. Que la parte actora apeló (fs.

    622, memorial fs. 624/626, replicado a fs. 628/633). En sus fundamentos sostuvo que:

    1. - La sala dispuso que la desvinculación sea encuadrada dentro de las normas vinculadas con las “licencias por enfermedad profesional o accidente de trabajo” (artículos 63 y 30 inciso h), por lo que no puede sostenerse que la desvinculación constituye una cesantía.

    2. - No puede existir dos causales, una por mal desempeño y otra por razones de salud.

    3. - El fallo de la sala no resolvió que el encuadramiento en el artículo 63 “LO ES AL ÚNICO EFECTO DE LA INDENIZACIÓN DEL 30 h)”. Al reconocer la indemnización prevista en el artículo 30 inciso h) se reconoce al actor el estatus de haber “CESADO EN SUS FUNCIONES POR RAZONES DE SALUD” ya que dicho artículo dice “… AL AGENTE QUE SEA DADO DE BAJA POR RAZONES DE INCAPACIDAD ABSOLUTA FÍSICA O MENTAL…”

    4. - Al haber determinado que la situación del actor debe ser encuadrada en el artículo 63 y abonarle la Fecha de firma: 16/08/2018 Alta en sistema: 17/08/2018 Firmado por: DRA. C.M.D.P. - DR. RODOLFO E. FACIO - LICENCIA DRA. HEILAND-, JUECES DE CAMARA #10840870#212338957#20180803130640337 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 28.367/2010 F.V.M. c/ EN-SIDE-RESOL 568/09 s/DAÑOS Y PERJUICIOS indemnización del artículo 30 inciso h), se reconoció que su desvinculación del organismo fue por razones de salud, de modo que no podía mantenerse la cesantía en razón de que resultan incompatibles entre sí.

  3. Que aun con el amplio criterio que pregona esta sala a la hora de examinar expresiones de agravios (causas “Escobar”, “Suazo”, “EN-CNRT disp. 7964 y otras”, “Ferla” y “A.”, pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, del 19 de febrero, del 12 de marzo y...

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