Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 4 de Marzo de 2020, expediente CNT 033518/2016

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

33518/2016

JUZGADO Nº 25

AUTOS: “FRETES, A.B. C/ ASOCIART ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 04 días del mes de marzo de 2020, se reúnen en acuerdo los jueces de la S. VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y, de acuerdo con el resultado del sorteo realizado, proceden a votar en el siguiente orden:

LA DRA. M.D.G. DIJO:

  1. Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, vienen en apelación las partes y la representación letrada de la actora por derecho propio.

    II.-La actora, se agravia a tenor de las manifestaciones que lucen a fs. 136/141,

    las cuales merecieron la réplica de la ART demandada a fs.149/152 vta.

    En concreto, cuestiona la evaluación de la pericia médica (porque no se consideraron las impugnaciones sobre el porcentaje de incapacidad laboral -30,85%-y se aplicó el criterio de la capacidad restante). Solicita se determine el porcentaje de incapacidad aludida en el orden del 50,14% de la t.o. A continuación objeta la fecha de Fecha de firma: 04/03/2020

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.D.M., SECRETARIO

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    inicio para el cómputo de los intereses (desde el alta médica). Pide se aplique el art. 3º de la Ley 26.773 y se ordenen desde la fecha del accidente. También apela los honorarios de la representación letrada de la demandada y los del perito médico por altos y los de su representación letrada por bajos. En orden a estos últimos , señala que se omitió la regulación de los honorarios por los trabajos realizados ante el SECLO.

    III.-ASOCIART ART S.A., según las expresiones inscriptas en el memorial de fs. 132/135 vta, que fueron contestadas por la actora a fs. 143/148, cuestiona la eficacia probatoria asignada a la pericia médica. Indica que el porcentaje de incapacidad psicofísico de la actora no guarda relación con la realidad ni con la legislación aplicable a estos autos.

  2. La representación letrada de la parte actora, por derecho propio a fs. 136

    apartado III, apela sus honorarios por estimarlos bajos.

  3. Por razones metodológicas trataré los recursos de las partes de manera conjunta.

    Según lo expuesto a fs. 12 vta./13 de la demanda, pericia médica y el relato que hizo la actora a la perito psicóloga, se desprende que la Sra. F. sufrió un grave accidente de tránsito cuando se dirigía de su casa a su lugar de trabajo en colectivo, el cual impactó con otro colectivo que venía circulando por la mano contraria. La Sra.Freites sufrio politramutismos (en miembros inferiores, superiores y columna Fecha de firma: 04/03/2020

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.D.M., SECRETARIO

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

    SALA VIII

    lumbar, ver pericia médica a fs. 97/101e informe de psicodiagnóstico suscripto por la Lic.Cánepa M.N.56670, en el sobre de fs.95).

    Las partes no objetan las afecciones halladas por el perito médico sorteado de oficio, sino el porcentaje total de incapacidad psicofísica y el criterio de capacidad restante utilizado para su cálculo.

    La asignación de dichos porcentajes se encuentra avalada por adecuada fundamentación técnico-científica. Obsérvese que guarda relación con las lesiones psicofísicas constatadas y con los rangos porcentuales previstos para cada una de ellas en el baremo legal (conf. art. 9º de la Ley 26.773 y el fallo de la C.S.J.N. in re “L.,

    D.M. c/ Asociart ART S.A. s/ Accidente- Ley Especial, de fecha 12/11/2019).

    Régimen legal cuya aplicación al sub lite llega firme a esta instancia.

    Ahora bien, la actora solicita en el memorial que la incapacidad física por...

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