71/06 - Frente del Pueblo S/reconocimiento Como Partido de Distrito - Carta Organica

Fecha de disposición16 Febrero 2007
Fecha de publicación16 Febrero 2007
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS
Número de Gaceta31097

JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO Nº 53

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia de Trabajo Nº 53, sito en Lavalle 1268, Piso 1º, Capital Federal, a cargo del Dr. Enrique Ricardo Brandolino, secretaría única, comunica por un día en autos caratulados: 'IBARRA RAMON ELISEO C/ CASA JULIO S.A. S/ EJECUCIÓN DE CREDITOS LABORALES', Expte. Nº 18.313/02, que la martillera Raquel Alicia Bence, rematará el día 14 de marzo de 2007, a las 9:00 hs. en punto en la Oficina de Subastas Judiciales, sita en Tte.

Gral. Juan D. Perón Nº 1233, Capital Federal, lo siguiente: 1 (una) cabina de ascensor s/ marca color verde c/ botonera c/ 3 botones; 1 (una) aspiradora NIL FISATYPE 6 SD 487844; 1 (una) amoladora T.I.P. WERKEE UGEACT NR 45201; 1 (un) taladro eléctrico s/ marca visible y números TA 1G IND 2786; 1 (una) aspiradora NK FISK TYPE 65 D Nº 0R61118; 1 (un) compresor soler Nº 61/323. CONDICIONES DE VENTA: sin base, 4. Partidos Políticos NUEVOS al contado y al mejor postor. SIN BASE. SEÑA:

30%. COMISIÓN: 10%. ARANCEL ACORDADA 10/99 C.S.J.N.: 0,25%. La martillera se abstendrá de hacer entrega de los bienes subastados hasta la probación del remate por el juzgado. Hágase saber al adquirente que corren por su cuenta los gastos que ocasione el desmontaje, retiro y traslado de los bienes objeto de la subasta y hacerse responsable de los eventuales deterioros que se produzcan en la propiedad en que se encuentran los bienes a movilizar o desmontar algunos de éstos. SALDO DE PRECIO: deberá abonarse dentro de los 5 días de aprobada la subasta, en cuenta de autos, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales, bajo apercibimiento de Ley.

El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal. EXHIBICIÓN: el día 12 de marzo de 2007, en el horario de 15 a 17 hs. en el calle Bompland 1443 de Capital Federal.

Buenos Aires, 2 de febrero de 2007.

Silvia Rita García, secretaria.

  1. 16/02/2007 Nº 537.743 v. 16/02/2007 PARTIDO: 'MOVIMIENTO PATRIOTICO DE LIBERACION' Distrito: Catamarca El Juzgado Federal con Competencia Electoral de Catamarca, a cargo del Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber que en los autos Nº 26/82 caratulados 'MOVIMIENTO PATRIÓTICO DE LIBERACIÓN s/reorganización' que tramitan ante sus estrados, el partido 'MOVIMIENTO PATRIÓTICO DE LIBERACIÓN' ha comunicado el resultado de las elecciones internas realizadas por esa agrupación el día 23 / 09 / 06 , es el siguiente:

    PRESIDENTE: Ester Magdalena Francisco de Ponce SECRETARIA GENERAL : Juan Pablo Ortega Pérez TESORERO TITULAR: Luis Pablo Délfor Ponce TESORERO SUPLENTE: Adela Alejandra Del Valle SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSIÓN: Yamila Celeste Ponce SECRETARIA DE ACTAS: Claudia Paredes INTEGRANTES DE LA JUNTA PROVINCIAL:

    Walter David Arévalo Rubén Martín Contreras María Cristina Córdoba Daniel César Nieva Victoria Díaz Ramón Humberto Arroyo Mabel del Cármen Villacorta Hilda del Valle Veliz APODERADOS: Luis Pablo Délfor Ponce - Ester Magdalena Francisco de Ponce DOMICILIO: Ayacucho Nº 1238 - Capital.

    En San Fernando del Valle de Catamarca, a los siete días del mes de febrero del año dos mil siete.

    Fdo. Dra. ELEANOR DEL VALLE MARTÍNEZ - Prosecretaria Electoral Nacional.

  2. 16/02/2007 Nº 537.789 v. 16/02/2007 PARTIDO 'FRENTE DEL PUEBLO' Distrito Provincia de La Rioja LA RIOJA, 28 de diciembre de dos mil seis.

    AUTOS Y VISTOS:

    Para resolver los presentes caratulados: 'FRENTE DEL PUEBLO S/RECONOCIMIENTO COMO PARTIDO DE DISTRITO'; Expte. Nº 71/06.

    Y RESULTANDO:

    1) Que a fs. 100 de autos comparecen los señores Hugo Esteban SHAYA; Francisco BRIZUELA MONTENEGRO, Gustavo Nicolás MORENO y María Lorena CELIS en carácter de Apoderados de la agrupación política denominada: 'FRENTE DEL PUEBLO', a fin de iniciar el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico-política del partido en el Distrito Electoral de la Provincia de La Rioja; constituyendo domicilio en calle Copiapó Nº 318 de esta ciudad capital.

    2) Que para ello acompaña la siguiente documentación: Acta de Fundación y Constitución (fs. 1/3), Declaración de Principios (fs. 4/5vta),

    Bases de Acción Política (fs. 6/7vta), Carta Orgánica (fs. 8/12); todo debidamente certificado ante escribano público.

    3) Que a fs. 101 de autos se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Nación y la notificación a los partidos políticos reconocidos y en trámite de reconocimiento, como así también la comunicación a la Excma. Cámara Nacional Electoral.

    4) Que a fs. 13/99 y 125/136 el apoderado acompaña mil ciento ochenta y cuatro (1.184) adhesiones (fichas de afiliación), masculinas y femeninas.

    5) Que a fs. 138 Secretaría infamia que el partido alcanzó holgadamente la cantidad de adhesiones requeridas por Ley 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos, vale decir que sobre un total de 1.184 adhesiones presentadas fueron aprobadas 830 adhesiones (fichas de afiliación).

    6) Que a fs. 143 el señor Secretario de la Excma. Cámara comunica que el partido 'Frente del Pueblo' está tramitando su reconocimiento únicamente en el distrito La Rioja.

    7) Que a fs. 140 los señores apoderados Francisco BRIZUELA MONTENEGRO y Gustavo Nicolás MORENO solicitan se fije la audiencia prevista en el art. 62 de la Ley 23.298 por considerar que cumplimentó con todos los requisitos exigidos por el art. 7º de la normativa legal.

    8) Que a fs. 142 el señor Fiscal Federal subrogante dictaminó que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el art. 7 de la Ley 23.298, por lo que corresponde convocar a la audiencia prescripta por el art. 62 de la citada ley.

    9) Que a fs. 144 y de conformidad fiscal el Tribunal fija la audiencia prescripta por el Art. 62 del mencionado cuerpo legal para el día 28 de diciembre de 2006, a horas 09:00; procediéndose de fs.

    161 a 180 a notificar a los Apoderados de los partidos políticos reconocidos y en trámite de reconocimiento en este Distrito.

    10) Que a fs. 181 y vta. se formaliza la audiencia convocada a los fines del Art. 62 de la Ley 23.298, con la comparencia del señor Fiscal Federal, Dr. Michel Horacio SALMAN, y los apoderados de los partidos: Frente del Pueblo, Dr. Hugo Esteban SHAYA, Francisco BRIZUELA MONTENEGRO, Gustavo Nicolás MORENO y Frente para la Victoria, señor Sabino Romero, dejando constancia que a la misma no asistió ningún otro partido reconocido o en vías de reconocimiento, no obstante haber sido debidamente notificados (ver fs. 161 a 180). En dicha audiencia el señor Fiscal Federal se pronunció por el reconocimiento como partido político, solicitado por el apoderado partidario y habiéndose examinado la documentación agregada en autos, manifestó que no tiene objeción que formular por lo que puede otorgarse la personería jurídico-política de distrito al partido peticionante.

    Y CONSIDERANDO:

    I) Que la documentación acompañada: Carta Orgánica partidaria, Declaración de Principios y Bases de Acción Política se ajusta a las disposiciones legales vigentes que regulan la existencia, organización y funcionamiento de los partidos políticos, lo cual es compartido por el señor Fiscal Federal.

    II) Que se encuentra debidamente acreditado el requisito del número mínimo de adhesiones (817 adhesiones válidas) que exige el Art. 7º, inc. a), de la Ley 23.298 y los demás requisitos previstos en los incisos b), c), d), e) y f), de dicha norma legal.

    III) Que respecto al número de identificación de registro, de acuerdo al informe efectuado por el Registro Nacional de Partidos Políticos obrante a fs. 143 de autos, la agrupación denominada 'FRENTE DEL PUEBLO', se encuentra en trámite de reconocimiento únicamente en este distrito y no ha obtenido personería jurídico-política en ningún otro. En virtud de ello, de acuerdo a lo prescripto en la Acordada C.N.E. Nº 94/02 corresponde asignar a la presente agrupación partidaria el número ciento cincuenta y ocho (158) de identificación de registro.

    IV) Por lo expuesto precedentemente, corresponde otorgar la personería jurídico-política de distrito a la agrupación denominada 'FRENTE DEL PUEBLO'.

    V) Que corresponde poner de manifiesto que la presente agrupación obtiene la personería en virtud de la posibilidad que acuerda la Ley de hacerlo con un número mínimo de adherentes, en este caso 817 adhesiones (afiliaciones). El concepto de adherente no expresa la...

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