Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 14 de Agosto de 2012, expediente 46.799

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2012

Poder Judicial de la Nación CN°46.799 “FREGA, Gustavo °

Claudio s/ procesamiento”

Juzgado n° 4 - Secretaría n° 8

° °

Expte. N°: 9425/10

Reg. N°: 846

°

Buenos Aires, 14 de agosto de 2012.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I.

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 7/8 por la Defensora Pública Oficial, Dra. Perla

  1. Martínez, contra la resolución de fs. 1/6, por medio de la cual el Sr. Juez A.L., titular del Juzgado Federal N° 4 decretó el procesamiento de G.C.F. por considerarlo autor del delito de uso documento público falso (artículo 296 del CP).

II.

El planteo de la defensa radica en que no existen indicios suficientes en el sumario para afirmar que su asistido conociese la falsedad del documento público falso -cédula verde-. Por ello, solicitó se revoque la resolución atacada y se dicte su sobreseimiento.

III.

La causa se inició el día 13 de julio de 2010 a raíz de la prevención realizada por personal de la División Sustracción Automotores de la P.F.A., ocasión en la cual observaron estacionado a la altura catastral n° 3425 de la Avda. Independencia, un automóvil marca Peugeot modelo 306 STD, dominio BGS-067, cuyas chapas patentes aparentaban ser apócrifas. Así, tras unos instantes, se apersonó G.C.F., quien dijo ser el propietario del rodado exhibiendo la cédula de identificación automotor n° 12.662.987 a nombre de J.C.A., DNI 26.267.039, en la que se consignaban como datos el chasis n° VF37BD9B231075403 y, motor n° 10CU9G4013362. Luego, al verificarlos, indicaron que el motor carecía de plaqueta identificatoria.

Posteriormente, al efectuar la consulta respecto del n° de control asignado a la cedula verde, surgió que correspondía al dominio BTX-972.

Conforme el informe remitido por personal de la División Scopometría de la P.F.A., una de las chapas patentes falsa, así como la cédula de identificación automotor control n° 12662987 (v. fs. 48/55).

Por otro lado, el informe pericial realizado por la División Laboratorio Químico de la P.F.A. indicó que “No se determinó la existencia de numeración alguna que hubiera sido erradicada en el área donde se asienta la identificación del chasis, siendo…original de fabrica.”. A su vez, acreditó que el block de motor carece de la plaqueta de fábrica que lo identifica. Finalmente, el estudio señaló que el cristal del conductor no posee gravado el dominio BGS-067,

sino el código VIS 31099389, que de acuerdo surge del Registro...

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