Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 25 de Junio de 2015, expediente CAF 041873/2014/CA001

Fecha de Resolución25 de Junio de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 41873/2014 FREDDO SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45 Buenos Aires, de junio de 2015.- JMC VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. )- Que, en el inc. 1º, del art. 310 del CPCCN se establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los seis (6) meses en primera o única instancia; y, conforme a lo previsto en el art.

    311, dicho plazo procesal debe computarse desde la fecha de la última petición de las partes o resolución o actuación del juez, secretario o prosecretario que tenga por efecto impulsar el procedimiento, y corre durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales o aquéllos en que -por circunstancias de hecho o de derecho- las partes se hallaren impedidas de activar el proceso (confr.

    esta S., causas “E.G.S. c/ Instituto de Ayuda Financiera s/

    empleo público”, sentencia del 30 de septiembre de 1993”).

  2. )- Que, en autos, la última resolución que tuvo por efecto impulsar el pleito fue la providencia del 30 de septiembre de 2014, en la que se ordenó correr traslado del recurso de apelación interpuesto, quedando a cargo de la parte interesada la confección del oficio y su diligenciamiento (fs. 146).

  3. )- Desde entonces ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inciso 1º, ya citado, sin que haya existido acto alguno que impulse el pleito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR