FRE 9846/2019

Fecha de publicación01 Septiembre 2022
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,Fallos
EmisorJUZGADO FEDERAL DE RESISTENCIA N° 1


Sentencia “Masacre de Napalpí s/Juicio por la Verdad”- Parte Dispositiva

En la ciudad de Resistencia, a las 12:00 horas del día 19 del mes de mayo de dos mil veintidós, Zunilda Niremperger en carácter de Jueza Federal del Juzgado Federal Nº1 de Resistencia, asistida por el Secretario Sebastián Kapeica, se constituye en la sala de audiencias, una vez concluidas las audiencias orales y públicas realizadas en la causa FRE 9846/2019, caratulada “Masacre de Napalpí s/ Juicio por la Verdad”, a fin de leer la parte dispositiva de la sentencia dictada. Atento a la complejidad y multiplicidad de las diversas cuestiones traídas a juicio, los fundamentos de la sentencia serán diferidos y notificados oportunamente.

Se dispuso la traducción en simultáneo a las lenguas Qom y Moqoit de la lectura de la parte dispositiva, a fin de que pueda ser comprendida por todos/as los miembros de las comunidades indígenas, al igual que su interpretación en lenguaje de señas.

Luego de oír los alegatos finales de las partes, el Juzgado Federal Nº1 de Resistencia resuelve:

1. Declarar como hechos probados de la “Masacre de Napalpí” que: “El sábado 19 de julio de 1924, en horas de la mañana, alrededor de un centenar de policías de territorios nacionales, gendarmes y algunos civiles armados, ayudados por logística aérea, llegaron a la zona de El Aguará, ubicada en el interior de la Reducción de Indios de Napalpí, donde aproximadamente 1000 personas, compuestas por familias Moqoit, Qom y algunos peones correntinos y santiagueños, estaban realizando una huelga concentrados en tolderías, a modo de campamentos, para reclamar por las condiciones a las que estaban sometidos.

Llegaron montando caballos, se establecen a una distancia cercana del campamento y desde allí dispararon con sus fusiles y carabinas, todos a la vez y a mansalva por el espacio de una hora.

De forma inmediata, por el impacto de la balacera, cayeron muertos estimativamente entre cuatrocientos y quinientos integrantes de las etnias Qom y Moqoit, entre ellos niñas y niños, mujeres, algunas de ellas embarazadas, varones, ancianos y ancianas. En algunos casos, perdieron la vida varios de los componentes de una misma familia. Los/as heridos/as que quedaron en el lugar y no pudieron escapar a tiempo fueron ultimados/as de las formas más crueles posibles. Se produjeron mutilaciones, exhibiciones y entierros en fosas comunes. Los/as sobrevivientes que pudieron escapar, atravesando los cardales, soportando el hambre, la sed, el frio...

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