Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Junio de 2019, expediente CAF 085794/2018/CA001

Fecha de Resolución18 de Junio de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 85794/2018 FRANCO GONZALEZ, F.A. c/ EN - DNM s/

RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 8 Buenos Aires, de junio de 2019.- ZMF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el señor F.A.F.G., de nacionalidad paraguaya, representado por el Cotitular de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, interpuso recurso judicial contra los siguientes actos, dictados en el expediente 214175/11 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM):

    (i) la disposición SDX 241033/17, que canceló su residencia permanente, declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente, en los términos del art. 62, inciso “b”, de la ley 25.871 (texto original), por haber sido condenado en la Argentina a la pena de seis años de prisión en orden al delito de comercio de estupefacientes agravado por haber sido cometido entre tres o más personas en forma organizada para llevarlo a cabo; (ii) la disposición SDX 243707/18, que rechazó el recurso jerárquico interpuesto contra aquélla.

  2. Que la señora jueza a cargo del Juzgado nº 8 de primera instancia rechazó el recurso (fs. 72/76).

    Para así decidir, sostuvo que: (a) “el causante fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 en la Causa nº 2376 a la pena de SEIS (6) AÑOS de prisión (…) por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de comercio de estupefacientes, agravado por haber sido cometido entre tres o más personas en forma organizada para llevarlo a cabo”; y (b) “la recurrente no rebatió los sólidos argumentos (…) al tiempo del dictado de las disposiciones (…)

    cuestionadas en autos, (…) que resultan actos ajustados a derecho por cuanto se han limitado a considerar que se hallaba configurado uno de los supuestos objetivos previsto como causas impedientes que la habilitan como autoridad de aplicación, a denegar su solicitud de residencia y ordenar su posterior abandono del territorio nacional”.

    Fecha de firma: 18/06/2019 Alta en sistema: 19/06/2019 Firmado por: DO P.C.M.-.L.M.H. - LIC. F.R.E., JUECES DE CAMARA #32986442#236637165#20190610123909557 Asimismo, rechazó la intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces y los planteos de inconstitucionalidad.

  3. Que el actor, apeló (fs. 77/83, réplica de fs. 85/99).

    Señaló, en síntesis, que: (a) no había transcurrido el plazo de dos años de cumplida la condena cuando se canceló su residencia permanente, desatendiendo lo dispuesto en el art. 62, inc. “b”, de la ley 25.871, en tanto el vencimiento de la pena impuesta por el TOF opera el 13 de agosto de 2020; (b) la jueza no ponderó la dispensa por reunificación familiar por ser progenitor de dos hijos de nacionalidad argentina; (c) no se efectuó el test de razonabilidad, pues no se tuvo en cuenta: (i) que tiene dos hijos menores de nacionalidad argentina...

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