Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 9 de Octubre de 2018, expediente CIV 020176/2018

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 20176/2018 FRANCO GONZALEZ, B.E. c/ ALIANO, A.A. Y OTROS s/INTERDICTO Buenos Aires, de octubre de 2018.MIS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal de Superintendencia con motivo de la contienda negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Civiles n° 21 (patrimonial) y 82 (familia).

La actora promueve interdicto de recobrar respecto de la Planta Baja y el Segundo Piso del inmueble ubicado en la Av. Riestra n° 3600, manzana 5, casa 98 del Barrio Fátima de V.S., Ciudad de Buenos Aires. Dirige la acción contra A., A.A. y J., L.H. y contra V., M.E. y V., M.B.. Relata que desde el año 2007 ocupó distintas porciones del referido inmueble junto a su cónyuge e hijo y que luego del fallecimiento del primero de ellos, sufrió hechos de violencia por parte de los demandados por los que debió retirarse del hogar, no pudiendo volver.

La Sra. Juez a cargo del Juzgado Civil n° 21, declinó su competencia por razones de conexidad con el expediente caratulado “F., G., Blanca Elizabeth c/Aliano, A.A. s/denuncia por violencia familiar” (n°

38.669/2017), radicado en el Juzgado Civil n° 82.

Tal temperamento no fue aceptado por el Sr.

Magistrado del mencionado Juzgado, por los argumentos expuestos a fs. 49/49 vta.

La conexidad apta para producir el desplazamiento de la competencia debe basarse en una identidad entre las distintas pretensiones, derivada de la causa, del objeto o de ambos elementos, o en la existencia de una íntima vinculación entre los asuntos, completando la figura la identidad de sujetos.

En el primer caso, se tiende a evitar el riesgo del dictado de sentencias contradictorias, en tanto que en el Fecha de firma: 09/10/2018 Firmado por: P.E.C.B.V.O.J.AMEAL #31701248#218465919#20181009090737422 segundo se persigue facilitar la solución de un litigio en base al conocimiento que tenga el juzgador de circunstancias que se debaten en otro u otros expedientes y que se relacionan de manera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR