Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE JURISPRUDENCIA, 18 de Mayo de 2016, expediente FPA 021004893/2012
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE JURISPRUDENCIA |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 21004893/2012 raná, 18 de mayo de 2016.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “FRANCO, A.S. CONTRA ANSES SOBRE ACCIÓN DE INCONST (AUTOSATISFACTIVA)”, Expte. N° FPA 21004893/2012, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:
I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la parte actora a fs. 26 y vta. y por la demandada a fs. 27/29, contra la resolución de fs. 22/23 vta. que, en lo que aquí interesa, hace lugar a la demanda y declara la inconstitucionalidad para el caso concreto del art. 4 de la Resolución Nº 884/06, en cuanto impide el goce del beneficio jubilatorio que le fuera otorgado al actor en el marco del art. 6º de la ley 25994; dispone que la parte demandada proceda a liquidar el beneficio jubilatorio de la actora con los haberes respectivos adeudados; impone las costas a la demandada, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.
Los recursos se conceden a fs. 30. El Sr. Fiscal General ante esta Cámara contesta la vista corrida a fs.
37 y quedan estos autos en estado de resolver a fs. 38 vta.
II- a) Que el letrado de la actora apela los honorarios regulados por considerarlos bajos y porque no se condicen ni con la labor realizada ni con la actual evolución del índice de precios ni inflación. Hace reserva del caso federal.
Fecha de firma: 18/05/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: M.J.B., #3473327#153293424#20160519115723947 b) Que agravia a la demandada la imposición de las costas a su parte y solicita la distribución en el orden causado conforme el art. 21 de la ley 24463.
En relación al fondo de la cuestión debatida, refiere a la política de inclusión fijada y plantea que la Resolución 884/06 de ANSES procura priorizar el otorgamiento de los beneficios a aquellos adultos mayores que no cotizaron en tiempo y forma al sistema, lo que nada tiene de inconstitucional.
Agrega que tanto el PEN con el dictado del decreto 1451/06, como la ANSES con el de la resolución 884/06, actuaron dentro de las órbitas de sus respectivas facultades y en cumplimiento de sus obligaciones.
Hace reserva del caso federal.
III- Que el actor interpone acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se declare la inconstitucionalidad del art. 4 de...
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