Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 26 de Octubre de 2021, expediente CAF 077009/2018/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

77009/2018

FONTIONOVO, PEDRO ORLANDO c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/

RECURSO DIRECTO DNM

Buenos Aires, de octubre de 2021.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que por sentencia del 30/10/2020, la Sra. Juez de la anterior instancia rechazó el recurso judicial interpuesto por P.O.F. y confirmó lo resuelto mediante Disposición SDX nro. 140310/2013 dictada por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) –y que fuera confirmada por Disposición SDX nro 10289/2016 y por la Resolución del Ministerio del Interior 2018-1320-APN-SECI-MI, del 10/10/2018- correspondientes al expte. DNM nro. 75063/2013, mediante la cual se declaró irregular la permanencia en el país del actor de nacionalidad uruguayo, y se ordenó su expulsión y prohibición de reingreso por el plazo de 8 años. La Sra. Juez ordenó que, firme el decisorio, la DNM podrá

concretar la retención del extranjero en los términos de lo establecido en los arts. 69 septies, 6to. párrafo y 70 de la Ley 25871. Las costas fueron impuestas a la actora.-

II.-Que el 4/11/2020 apeló y fundó la Defensora Pública de la Defensa en representación del actor y en la misma fecha apeló y fundó la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en representación de los menores involucrados en autos, los que fueron contestados por la Dirección Nacional de Migraciones el 9/11/2020. El 9/8/2021 dictaminó el Sr. Fiscal General y el 13/8/2021 se llamaron autos para sentencia.-

III.-Que se agravia el actor de la interpretación restrictiva efectuada por la Sra. Juez de la dispensa prevista en el art. 29 in fine de la ley 25.871, en lo que se refiere al alcance del derecho a la reunificación familiar que afirma le corresponde. En igual Fecha de firma: 26/10/2021

Alta en sistema: 27/10/2021

Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

sentido, se manifiesta la Defensora Pública Oficial en representación de los menores. Además, plantea el actor la inconstitucionalidad de los artículos 69 nonies y 70 de la ley 25.871 modificada por el DNU 70/2017.-

IV.-Que si bien en la causa “Centro de Estudios Legales y Sociales y otros s/ Amparo Ley 16.986”, Expte. nro.

3061/2017, sentencia del 22/3/2018, esta S. declaró la inconstitucionalidad del DNU 70/2017, lo cierto es que este ha sido derogado por el DNU nro. 138/2021, por lo que el planteo efectuado ante esta Alzada –como bien lo señala el Sr. Fiscal General en su...

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