Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 14 de Diciembre de 2016, expediente FMZ 022819/2013/CA001
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 22819/2013/CA1 Mendoza, 14 de Diciembre de 2016.
Y VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 22819/2013/CA1 caratulados:
Flowserve SA Beall Andrew Guzman Fernando Domingo Rizzuto
Tamaro José s/ Infracción Ley 19.359
venidos del Juzgado Federal Nº1 de
Mendoza Secretaría Penal A, a esta S. “A”, para resolver el recurso de
apelación interpuesto a fs. 647/652 por el Sr. Fiscal Federal Subrogante contra
la resolución de fs. 631/640 por la cual se resuelve: “1) No hacer lugar al
planteo de inconstitucionalidad del Régimen Penal Cambiario, y en particular
del inc. f), art. 1º, ley 19359 deducido por el representante de Flowserve S.A. a
fs. 260/291, punto III.B.6 (al que adhirieron las personas físicas imputadas,
F. a fs. 417/418; T. a fs. 419/420 y Andrew
J. Beall a fs. 421/422) , por los fundamentos desarrollados en el considerando
V de la presente. 2) No hacer lugar al planteo de nulidad formulado por el
representante de Flowserve S.A. a fs. 260/291, particularmente punto III.B.12
(al que adhirieron las personas físicas imputadas, F. G. a fs.
417/418; T. a fs. 419/420 y A. Beall a fs. 421/422),
por los fundamentos desarrollados en el considerando VI de la presente. 3) No
hacer lugar al planteo de prescripción de las acciones penales nacidas de los
hechos objeto de autos, formulado por el representante de F.A, a fs.
260/291, particularmente punto V (al que adhirieron las personas físicas
imputadas, F. G. a fs. 417/418; T. J. R. a fs.
419/420 y A. Beall a fs. 421/422), por los fundamentos desarrollados
en el considerando VII de la presente. 4) Absolver a A. Beall respecto
de los hechos en presunta infracción del régimen Penal Cambiario (arts. 1º,
incs. E y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas
complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y
Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y
liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones
materializadas mediante las destinaciones nº 02038EC01000066E;
Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: SALA A: DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-
Firmado(ante mi) por: R.H.M., ANTE M
I. Secretario de Cámara #16469053#168052018#20161130114351073 02001EC01003728C, 02038EC01000462E, 02038EC01000732E,
02073EC01001650D, 01001EC03026417D, 02001EC03001729D y
01001EC03027487L, conforme los argumentos desarrollados en los
considerandos precedentes, sin costas. 5) Absolver a Fernando Domingo
Guzman Salassa… respecto de los hechos en presunta infracción del Régimen
Penal Cambiario (arts. 1º), incs. e y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº
480/95 y normas complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y
1638/01 y Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y
liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones materializadas
mediante las destinaciones indicadas en el dispositivo 1 de la presente,
conforme los argumentos desarrollados en los considerandos precedentes, sin
costas 6) Absolver a T. respecto de los hechos en presunta
infracción del Régimen Penal Cambiario (arts. 1º, incs. e y f y 2º, inc. f de la
ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas complementarias previstas en los
decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y Comunicaciones “A” 3473 y sus
modificatorias)supuesto ingreso y liquidación tardíos de divisas provenientes
de las exportaciones materializadas mediante las destinaciones indicadas en el
dispositivo 1 de la presente, conforme los argumentos desarrollados en los
considerandos precedentes, sin costas 7) Absolver a Flowserve S.A. CUIT Nº
30504925583 con cambio de denominación social según escritura de fusión
por absorción de fecha 29 de noviembre de 1999, inscripta bajo el nº legajo nº
560 del Registro Público de Sociedades Anónimas de la ciudad de Mendoza,
respecto de los hechos en presunta infracción del Régimen Penal Cambiario
(arts. 1º, incs. e y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas
complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y
Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y
liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones
materializadas mediante las destinaciones identificadas en el dispositivo nº 1
de la presente, conforme los argumentos desarrollados en los considerandos
precedentes , sin costas. 8) En orden a lo expresado por la defensa a fs. 630,
estar a lo resuelto. 9)…
CONSIDERANDO:
Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: SALA A: DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-
Firmado(ante mi) por: R.H.M., ANTE M
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Secretario de Cámara #16469053#168052018#20161130114351073 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ...
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