Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 14 de Diciembre de 2016, expediente FMZ 022819/2013/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 22819/2013/CA1 Mendoza, 14 de Diciembre de 2016.

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 22819/2013/CA1 caratulados:

Flowserve SA Beall Andrew Guzman Fernando Domingo Rizzuto

Tamaro José s/ Infracción Ley 19.359

venidos del Juzgado Federal Nº1 de

Mendoza Secretaría Penal A, a esta S. “A”, para resolver el recurso de

apelación interpuesto a fs. 647/652 por el Sr. Fiscal Federal Subrogante contra

la resolución de fs. 631/640 por la cual se resuelve: “1) No hacer lugar al

planteo de inconstitucionalidad del Régimen Penal Cambiario, y en particular

del inc. f), art. 1º, ley 19359 deducido por el representante de Flowserve S.A. a

fs. 260/291, punto III.B.6 (al que adhirieron las personas físicas imputadas,

F. a fs. 417/418; T. a fs. 419/420 y Andrew

J. Beall a fs. 421/422) , por los fundamentos desarrollados en el considerando

V de la presente. 2) No hacer lugar al planteo de nulidad formulado por el

representante de Flowserve S.A. a fs. 260/291, particularmente punto III.B.12

(al que adhirieron las personas físicas imputadas, F. G. a fs.

417/418; T. a fs. 419/420 y A. Beall a fs. 421/422),

por los fundamentos desarrollados en el considerando VI de la presente. 3) No

hacer lugar al planteo de prescripción de las acciones penales nacidas de los

hechos objeto de autos, formulado por el representante de F.A, a fs.

260/291, particularmente punto V (al que adhirieron las personas físicas

imputadas, F. G. a fs. 417/418; T. J. R. a fs.

419/420 y A. Beall a fs. 421/422), por los fundamentos desarrollados

en el considerando VII de la presente. 4) Absolver a A. Beall respecto

de los hechos en presunta infracción del régimen Penal Cambiario (arts. 1º,

incs. E y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas

complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y

Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y

liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones

materializadas mediante las destinaciones nº 02038EC01000066E;

Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: SALA A: DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-

Firmado(ante mi) por: R.H.M., ANTE M

I. Secretario de Cámara #16469053#168052018#20161130114351073 02001EC01003728C, 02038EC01000462E, 02038EC01000732E,

02073EC01001650D, 01001EC03026417D, 02001EC03001729D y

01001EC03027487L, conforme los argumentos desarrollados en los

considerandos precedentes, sin costas. 5) Absolver a Fernando Domingo

Guzman Salassa… respecto de los hechos en presunta infracción del Régimen

Penal Cambiario (arts. 1º), incs. e y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº

480/95 y normas complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y

1638/01 y Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y

liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones materializadas

mediante las destinaciones indicadas en el dispositivo 1 de la presente,

conforme los argumentos desarrollados en los considerandos precedentes, sin

costas 6) Absolver a T. respecto de los hechos en presunta

infracción del Régimen Penal Cambiario (arts. 1º, incs. e y f y 2º, inc. f de la

ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas complementarias previstas en los

decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y Comunicaciones “A” 3473 y sus

modificatorias)supuesto ingreso y liquidación tardíos de divisas provenientes

de las exportaciones materializadas mediante las destinaciones indicadas en el

dispositivo 1 de la presente, conforme los argumentos desarrollados en los

considerandos precedentes, sin costas 7) Absolver a Flowserve S.A. CUIT Nº

30504925583 con cambio de denominación social según escritura de fusión

por absorción de fecha 29 de noviembre de 1999, inscripta bajo el nº legajo nº

560 del Registro Público de Sociedades Anónimas de la ciudad de Mendoza,

respecto de los hechos en presunta infracción del Régimen Penal Cambiario

(arts. 1º, incs. e y f y 2º, inc. f de la ley 19359t.o decr. Nº 480/95 y normas

complementarias previstas en los decr. Nro 1606/01 y 1638/01 y

Comunicaciones “A” 3473 y sus modificatorias)supuesto ingreso y

liquidación tardíos de divisas provenientes de las exportaciones

materializadas mediante las destinaciones identificadas en el dispositivo nº 1

de la presente, conforme los argumentos desarrollados en los considerandos

precedentes , sin costas. 8) En orden a lo expresado por la defensa a fs. 630,

estar a lo resuelto. 9)…

CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: SALA A: DRES. G.M., CORTÉS Y PARRA-

Firmado(ante mi) por: R.H.M., ANTE M

  1. Secretario de Cámara #16469053#168052018#20161130114351073 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ...

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