Florida Salud

FLORIDA SALUD S. A. - En cumplimiento al art. 10 de la ley 19.550 comunícase la constitución de Florida Salud S.A. de acuerdo a las siguientes provisiones: 1) Socios: la conforman los Sres. Luis Roberto Neglia, argentino, con L.E. nro. 08.149.014, nacido el día 21 de junio de 1.946, casado en primeras nupcias, con domicilio en Carril Godoy Cruz 6115, Villa Nueva, Guaymallén, provincia de Mendoza, comerciante, y Amalia María Juri, argentina, L.C. nro. 05.943.816, nacida el 18 de septiembre de 1.948, casada en primeras nupcias, con domicilio en Carril Godoy Cruz 6115, distrito Villa Nueva, departamento Guaymallén, provincia de Mendoza, Argentina 2) Acto constitutivo:- Se constituyó por escritura pública Nº 40, fojas 95, de fecha 24/11/2008, del Protocolo General pasada ante la escribana María Laura Lembo, Registro 513 de Capital. 3) Denominación: se denominará "FLORIDA SALUD SOCIEDAD ANÓNIMA". 4) Domicilio: Que a los efectos de lo dispuesto por el artículo 11 inciso 2 de la Ley 19.550 (t.o. 1984) fijan el domicilio de la sede social en Carril Godoy Cruz número 6115, distrito Villa Nueva, departamento Guaymallén, provincia de Mendoza, República Argentina. 5) Objeto social:La sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, las siguientes actividades: a) Comercial: La realización de todo acto de comercio, relacionado con el objeto determinado en el presente artículo, en los incisos b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), ll), m), n), ñ), o), p), q), r), s), para lo cual tendrá amplias facultades para inscribirse en los Registros respectivos, tanto sean municipales, provinciales, nacionales e internacionales. b) Medicina Integral: La prestación de servicios de salud de atención general y/o diferenciada, incluidos dentro de los alcances de la Ley N° 5532/90, Servicios de asistencia, asesoramiento y orientación médica; organización, instalación y explotación de sanatorios, clínicas y demás instituciones similares, ejercitando su dirección técnica por intermedio de médicos con título habilitante y administrativo y abarcando todas las especialidades que se relacionen directa o indirectamente con aquellas actividades médicas, ofreciendo y prestando toda clase de tratamiento médico ambulatorio, quirúrgico, físico, químico, psíquico, electrónico y nucleónico, basados en procedimientos científicos aprobados a realizarse por medio de profesionales con título habilitante de acuerdo a las reglamentaciones de rigor. c) Medicina del Trabajo: Realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades; Brindar servicios médicos integrales a empresas que comprenden: 1) Medicina del Trabajo: exámenes de ingresos, exámenes periódicos, atención a enfermedades profesionales, accidentes de trabajo, control de ausentismo, creando a ese efecto un servicio médico; 2) Atención médico jurídica de la empresa, pericias judiciales, juntas médicas, comparecer ante organismos oficiales como profesional de parte, asesoramiento en contratos de trabajo; 3) Otros servicios de consultoría médica, seguridad e higiene industrial, medición de ruidos...

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