Flores
Secretaría del Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registros, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 168/169 en los Autos N° 47.259 caratulados: "FLORES RAUL MIGUEL p/CONC. PREV. HOY QUIEBRA" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 24 de octubre de 2011. Autos y vistos:... Y considerando:... Resuelvo: I. Declarar la quiebra de Flores, Raúl Miguel, DNI N° 11.487.768, CUIL N° 23-11.487.768-9; con domicilio real en B° El Cardenal, Manzana D, casa 3 (Los Aguaribay 1517) Godoy Cruz, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (Arts. 288 y 289 LCQ). II. Ratificar al C.P.N. Dr. Marín, José Miguel, como síndico designado en el concurso. Notifíquese por cédula y en papel simple. III. Disponer la anotación de la presente declaración de quiebra en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Suprema Corte de Justicia de la Provincia. Ofíciese. IV. Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél, para la entrega al Síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. V. Ordenar al fallido a que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. VI. Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces en caso de hacerse. VII. Téngase presente el domicilio legal constituido por el concursado, hoy fallido a los efectos de la tramitación de esta quiebra. VIII. Prohibir al fallido la salida del país, a cuyo efecto deberá oficiarse a la Dirección de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior Delegación Mendoza, y Policía Federal Delegación Mendoza, hasta el día veinticuatro de abril de 2012. IX. Ordenar se publiquen edictos por cinco días en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 89 L.C.Q. Ofíciese. X. Ordenar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor. Ofíciese. XI. Fijar el día veinticuatro de abril de 2012 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General. XII. Fijar el día nueve de mayo de 2012 como fecha hasta la cual los deudores y quienes hayan solicitado verificación puedan presentar observaciones al Informe General. XIII. Fijar el día siete de junio de 2012 como fecha hasta la cual los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico (Art. 117 LCQ). XIV. Fijar el día veintidós de...
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