Florentino Ameghino Ordenanza Fiscal y Anual Impositiva

AÑO 2009LIBRO SEGUNDOPARTE ESPECIALTRIBUTOS MUNICIPALESTÍTULO PRIMEROCAPITULO PRIMEROTasa por alumbrado públicoARTICULO 55.- El servicio de alumbrado público se cobrará por metro lineal de frente y por año en las localidades que posean el servicio. Los valores de la Tasa, para el caso de no sufrir variaciones, los indicadores aplicables al ajuste serán los siguientes:1) A gas de mercurio o sodio, sobre calles pavimentadas o de cordón cuneta de la ciudad de Ameghino $ 11,502) Resto de localidades del distrito $ 7,923) A gas de mercurio o sodio, sobre acceso ruta Nacional 188 y Avenida de Circunvalación pavimentada $ 9,124) A gas de mercurio, o sodio y/o a lámpara incandescente sobre calles de tierra de la ciudad de Ameghino $ 4,905) Resto de localidades del distrito $ 3,48ARTICULO 55 BIS.- El servicio de Alumbrado Público, para la ciudad de Ameghino, será facturado por la C.E.A.L., en la factura de servicio domiciliario a sus abonados de acuerdo a la Ley 10.740.- Para los inmuebles ubicados en las esquinas, se aplicará el régimen previsto en la Ordenanza Nº 2596 (G.P.) modificada por la 14 (F.A.). para el resto de las localidades del Distrito la primera cuota del año 2008 será de una sexta parte de los valores precedentes y así sucesivamente las cinco (5) restantes, hasta tanto se derive el cobro a las prestadoras del servicio de Energía Eléctrica. Estableciéndose como fecha de vencimiento las siguientes:1 º cuota 20 de febrero de 2009.2º cuota 20 de abril de 2009.3º cuota 20 de junio de 2009.4º cuota 20 de agosto de 2009.5º cuota 20 de octubre de 2009.6º cuota 20 de diciembre de 2009.CAPITULO IITasa por Limpieza y Conservación de la Vía PúblicaARTICULO 56 III.- Por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Riego, se cobrará por metro lineal y por año, de no sufrir variaciones los indicadores aplicables al ajuste, serán los siguientes:a) Recolección de Residuos Domiciliarios:1) Casas de Ramos Generales, Hoteles, Carnicerías, Restaurantes, Talleres, Fábricas, Gomerías, Estaciones de Servicio, Supermercados, Instituciones Bancaria, Agencias de Lotería y Quiniela, Acopio de cereal y venta de semillas, Venta de artículos del hogar y electrodomésticos y en general cualquier actividad que su local de exposición y/o ventas supere los 75mts. cubiertos y estén ubicados en el casco fundacional de la ciudad de Ameghino definido como tal por el Plan Urbano de Florentino Ameghino Dto. Provincial Nº 3436/97 o en el Acceso Centenario de Ameghino...

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