Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 13 de Diciembre de 2016, expediente FLP 037351/2016/CA001

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 13 de diciembre de 2016.

Y VISTOS: este expte. N° FLP 37351/2016, caratulado: “FLIGMAN, Berta

c/SWISS MEDICAL S.A. s/ amparo ley 16.986”, proveniente del Juzgado Federal de

Primera Instancia Nº 3 de la ciudad de Lomas de Zamora; Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ SCHIFFRIN DIJO:

I. Llega este expediente a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por

la demandada, a fs.72/82 contra la resolución de primera instancia, de fs.63/64vta., que

concedió la medida cautelar solicitada por la amparista.

II. Cabe señalar que B. de M., de 91 años de edad, y su hijo,

promovieron acción de amparo contra SWISS MEDICAL S.A., en su carácter de afiliada

número 800006 0607095 011053 del Plan DC3, desde hace 30 años, con el objeto de que se

ordene a la demandada la cobertura total de servicios de tratamiento y atención geriátrica

mensual con internación y provisión de medicamentos ordenados por el médico tratante.

Respecto de ello indica que el lugar donde se encuentra se denomina “Momentos

Dorados” y que se encuentra allí por cuanto por sus enfermedades y antecedentes médicos es

discapacitada y requiere ser asistida por terceros en forma completa para realizar

deambulación, vestimenta, confort, higiene y alimentación.

Asimismo, enumera la medicación que necesita, consistente en Enalapril 5,

Loratadina, Salvalerg, Ataraxone 25, Aspirina 100, conforme médica tratante.

Describe que es paciente que sufre hipertensión arterial, enfermedad coronaria con

colocación de 5 stent y marcapasos, nefroctomía derecha, diverticulosis, hipotiroidismo. Que,

además, tiene escoliosis idiopáticas, artrosis, con antecedentes de edema agudo de pulmón

hipertensivo, pólipos en vejiga, problemas circulatorios en miembros inferiores.

Agrega otros problemas, como no control de esfínteres, infecciones urinarias y

necesidad de alimentarse con ayuda, además de movilizarse en sillas de ruedas.

Circunstancias, explica, que traducen el alto grado de dependencia de terceras personas.

Fecha de firma: 13/12/2016 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA #28853801#168819345#20161214121638965 Por ello, por ser discapacitada, se encuentra internada y asistida médicamente en

forma diaria y permanente en el geriátrico Momentos Dorados, conforme orden médica, por

lo cual solicita a su empresa de medicina prepaga que se haga cargo económicamente de los

gastos que esto ocasione, con más la cobertura de la medicación prescripta.

Por último solicita medida cautelar, que fue concedida en la decisión apelada.

III.1. La sentencia en crisis ordenó a SWISS MEDICAL S.A. que en forma inmediata

arbitre los medios necesarios para que se brinde a la actora cobertura en la internación y

tratamiento en el geriátrico Momentos Dorados, donde se encuentra internada, y provisión de

medicamentos, conforme fuera prescripto por los profesionales que le asisten, hasta que

recaiga sentencia definitiva.

  1. Recurrida por la demandada, en sus agravios esta parte cuestiona la decisión por

    cuanto considera que carece de fundamentos legales y fácticos que la justifiquen.

    Indica en primer lugar que la actora no presentó la documentación relativa al pedido

    de cobertura a fin de que su parte pudiera evaluar la procedencia del reclamo. Agrega,

    también, que la institución donde se encuentra no integra su red de prestadores y que,

    además, lo solicitado resulta ser una prestación excluida desde el punto de vista contractual.

    Asimismo, afirma que en el caso no se encuentran presentes los presupuestos de

    concesión de las medida cautelares.

    Además, cita normativa que considera aplicable a la situación planteada de autos,

    entre ella el Programa Médico Obligatorio y la regulación de la discapacidad, a lo que agrega

    ...

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