Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Julio de 2018, expediente B 75086

Presidentede Lázzari-Soria-Genoud-Kogan
Fecha de Resolución11 de Julio de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.75.086 "FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MADERSOL S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7° INC. 1° LEY 12.008--"

La Plata, 11 de julio de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió el presente juicio de apremio contra la firma MADERSOL S.A., a fin de percibir la multa de $14.520,00, impuesta por haber efectuado el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial sin Código de Operaciones de Traslado (COT), obligación prevista en el actual art. 41 del Código Fiscal -t.o. según ley. 14.880- y en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 32/06 y sus modificatorias N° 39/06 y 54/06 de la Dirección Provincial de Rentas.

  2. La ejecución se inició ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial La Plata. No obstante, su titular se declaró incompetente tras considerar que el crédito litigioso sometido a ejecución, no revestía naturaleza tributaria. Por tal motivo, al reputar que el caso no subsumía en la regla del art. 2 inc. 8 de la ley 12.008 -t.o. según ley 13.101-, ordenó girar las actuaciones al fuero Civil y Comercial de acuerdo a las disposiciones de los arts. 2 inc. 8, 76 bis, 8 del CPCA y 12 de la ley 13.244 (fs. 9 y vta.).

  3. En este estado, tomó intervención el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 14 departamental, cuyo titular decidió declarar su incompetencia en razón de la materia, invocando lo resuelto por esta Corte en la causa B. 74.347 ("Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Bahía Vito S.R.L. s/ Apremio Provincial", res. de 04-VI-2014).

    Por este motivo, decidió plantear la contienda negativa de competencia y elevar la causa a esta Suprema Corte (art. 2 inc. 8, 76 bis y 8 del C.C.A, art. 4 C.P.C.C.).

  4. Esta Corte ya ha decidido cuestiones de competencia en favor del fuero especializado allí donde el crédito reclamado, si bien no trataba rigurosamente de sumas que en concepto de impuestos, tasas o contribuciones debía ingresar al patrimonio de la Provincia -en otros términos, "tributos provinciales"- (doctr. causa B. 72.723 "Municipalidad de Baradero", res. de 21-V-2014 y sus citas), era evidente que el mismo se hallaba íntimamente ligado a un gravamen de esas características (doctr. causa B. 73.112 "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Bahía Vito S.R.L.", res. de 4-VI-2014).

    Dicha interpretación se ha hecho extensiva al supuesto de multas relacionadas con el Código de Operaciones de...

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