Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 28 de Octubre de 2020, expediente FTU 004418/2008/CA001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA LEYES ESPECIALES (CIVIL)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

4418/2008, FISCO NACIONAL c/ MATADERO FRIGORIFICO MODERNO

A.V.S. s/EJECUCION FISCAL – Varios.

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMAN N° 2.

S. de Tucumán,

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la actora a fojas 92, y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante sentencia de fecha 17/12/2018 (fojas 88/91)

    el Sr. Juez de Primera Instancia, Dr. F.L.P. resolvió:

    I) Hacer lugar a la caducidad del incidente de caducidad deducida por el demandado a fs. 83 y vta. En consecuencia declarar caduco el incidente de caducidad promovido por el Fisco actor a fs. 61 de autos en mérito a lo considerado; II) Hacer lugar a la caducidad de instancia articulada por el demandado a fs. 57, y en consecuencia declarar la caducidad de la ejecución fiscal promovida por la AFIP

    a fs. 6/7; I.C. del incidente de caducidad como de la caducidad de la ejecución, a la actora vencida.

    Disconforme con el pronunciamiento, a fs. 92 interpuso recurso de apelación la parte actora. Concedido el recurso, a fs.

    102/107 expresó agravios la recurrente. Corrido el traslado de ley,

    a fs. 109/113 contestó la parte demandada. Elevadas las actuaciones a este Tribunal de Alzada, queda la causa en condiciones de ser resuelta.

  2. Agravios. Para fundar el recurso de apelación interpuesto, manifiesta la actora que lo agravia la sentencia en cuanto omite considerar las constancias de la causa, en particular la Fecha de firma: 28/10/2020

    Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.H., SECRETARIO DE CAMARA

    circunstancia de que el expediente se traspapeló en reiteradas oportunidades.

    Argumenta que la inactividad en el expediente no obedeció a la falta de impulso procesal del Fisco, sino a la imposibilidad de instar su trámite.

    Respecto del argumento del juez referido a la carga de dar ingreso a las copias digitales, manifiesta que debió intimarse a su parte de manera fehaciente.

    Agrega que no hubo por su parte abandono voluntario del proceso. Menciona que las circunstancias que dieron lugar a la decisión del juez respecto de la caducidad, recaen dentro de la responsabilidad de la autoridad jurisdiccional.

Antecedentes de hecho

A los fines resolutivos del recurso interpuesto, corresponde tener presente las circunstancias de hecho pertinentes de la presente causa.

En fecha 02/10/2008 AFIP promovió acción de ejecución fiscal en contra de M.F.M.A.V.S. por la suma de pesos $ 314.489,24.

Diligenciado el mandamiento de intimación de pago, en fecha 18/05/2009 se apersonó la demandada y opuso sus defensas (fs. 30/45).

En fecha 30/12/2009 (fs. 55) el juzgado resolvió reanudar los términos que habían sido suspendidos mediante decreto de fecha 25/11/2008 (fs. 12).

Fecha de firma: 28/10/2020

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA 2

Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.H., SECRETARIO DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR