FINTA PELLE S.R.L.
Fecha de disposición | 03 Abril 2019 |
Fecha de publicación | 03 Abril 2019 |
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9
SECRETARÍA NRO. 17
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9, Secretaría N° 17, a mi cargo, sito Marcelo T. de Alvear 1840 4ºPiso CABA, comunica por 5 días en los autos: "FINTA PELLE S.R.L. y otro s/quiebra Incidente Nº 1 s/incidente de venta" CUIT 33-70806238-9 Expte. 7164/2014/1 que el martillero Miguel Carrera Baliero CUIT 20-10965171-1 Resp. Insc., Te. 1544905587 rematará el 24 de abril de 2019 a las 10:30 hs. en punto en Jean Jaurès 545 Cap. Fed. El 100% de los inmuebles sitos en la localidad de General Rodríguez, Provincia de Buenos Aires calle colectora de Ruta 24 (Intendente Juan Lumbreras 1800) entre Av. Corrientes y Plomer, Nom. Catastral: Circ. II, Sec. B, Chacra 2, Fracción I, Parcelas 16; 17 y 18, Matrículas 89827; 89828 y 89829, Partidas 97583; 97584 y 97585, cada parcela de 2.400 m2, la Parcela Nº 16 tiene un galpón en buen estado de conservación de aproximadamente 30 mts. X 20 mts. y 10 mts. de alto y 29 m2 de sanitarios y cocina desmantelada, La fracción Nº 17 tiene un pequeño galpón de aprox. 56 m2 y un tinglado de aprox. 80 m2 en buen estado de conservación, la parcela Nº 18 está sin edificación. Todas desocupadas. Los servicios generales son: vigilancia las 24 horas; calles de hormigón para transito pesado; red de gas natural de alta presión; alumbrado de calles; cableado telefónico; electricidad trifásica y monofásica; agua de pozo y pozo séptico. AL CONTADO Y MEJOR POSTOR. BASE:$ 8.000.000, SEÑA: 30% COMISION: 3% mas IVA, ARANCEL C.S.J.N. 0,25%, SELLADO 1,2%, todo a cargo del comprador en dinero en efectivo en el acto de la subasta. El saldo de precio deberá ingresarse en la cuenta L° 798 F° 395 DV 6 (CBU 02900759-00217079803957) abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales dentro de los 5 días de aprobado el remate sin necesidad de notificación ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso art. 584 del C.P. La adjudicación y extensión del respectivo instrumento deberá recaer en quien efectivamente realice la mejor oferta. La entrega de posesión e inscripción del bien a nombre del adquirente se cumplirá luego de la integración del saldo de precio una vez que sea declarado adjudicatario, mediante el libramiento del mandamiento y el oficio y/o testimonio correspondiente, que deberán diligenciarse dentro del plazo de 20 días, bajo apercibimiento de tenerla por producida en forma ficta. La escrituración sólo...
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