Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 31 de Agosto de 2021, expediente COM 001482/1995/CA003

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 1482 / 1995

FINMARK S.A. DEL MERCADO ABIERTO s/ QUIEBRA

Buenos Aires, 31 de agosto de 2021.-

Y VISTOS:

Conforme lo normado por el art. 272 y pautas del art. 265, inc. 3, y art.

267 LCQ, meritando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, de acuerdo con las pautas ya utilizadas en el pronunciamiento dictado por esta Sala el 10.12.2020, se confirman en veintisiete mil, en ochenta y ocho mil, en dieciocho mil ochocientos, en tres mil quinientos y en tres mil trescientos cincuenta pesos los honorarios regulados con fecha 06.07.2021 a favor de los doctores E.R. y P.P.L. -en forma conjunta y partes iguales-, a favor del síndico R.L.S., del doctor A.G.S. -a cargo de la quiebra-,

nuevamente, al doctor A.G.S. -a cargo del síndico en los término del art.

257 LCQ- y del doctor J.L.S. -art. 257-, respectivamente; de otro lado, estando apelados sólo por altos, se confirman en dos mil cien pesos los estipendios fijados en la citada fecha a favor de la escribana M.J.F..-

Notifíquese la presente resolución a las partes y a los beneficiarios.

Oportunamente, devuélvanse virtualmente las actuaciones a la instancia anterior. El doctor H.O.C. no interviene en la presente resolución por encontrarse excusado (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional).-

Fecha de firma: 31/08/2021

Firmado por: M.V.B...

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