Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 30 de Julio de 2020, expediente FSM 076875/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

Causa N° FSM 76875/2019/CA1, “FILLETI,

ROQUE c/ OSMECON SALUD s/

PRESTACIONES MEDICAS” – Juzgado Federal em lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, Secretaria Nº

2 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I –

INTERLOCUTORIO (HONORARIOS)

Martín, 29 de julio de 2020.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos actuados a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación deducido por la demandada contra los honorarios regulados el 13/7/2020 a favor de la Dra. P.R.A., por altos.

  2. Se agravió la recurrente, al considerar que el monto regulado resultaba exorbitante.

    Señaló que fue sobrevalora la labor desarrollada, toda vez que el valor asignado no reflejaba una derivación razonada del derecho vigente y de conformidad con lo que surgía de las constancias de la causa.

    Agregó que la acción no perseguía un fin económico y que había sido declarada abstracta por lo que no se encontraba acreditado que le asistiera derecho a reclamar como lo hizo.

    Finalmente, cito jurisprudencia para avalar sus dichos.

    Corrido el pertinente traslado de ley, fue contestado por la contraria.

  3. Así, del estudio de las presentes actuaciones, se desprende que la acción se inició a los fines de que se le ordenara a la accionada,

    OSMECON SALUD, la cobertura al 100% la cirugía lumbar 1

    Fecha de firma: 30/07/2020

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I

    Causa N° FSM 76875/2019/CA1, “FILLETI,

    ROQUE c/ OSMECON SALUD s/

    PRESTACIONES MEDICAS” – Juzgado Federal em lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, Secretaria Nº

    2 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I –

    INTERLOCUTORIO (HONORARIOS)

    en la “Casa Hospital San Juan de Dios” con el Dr.

    G.V.R., como también cobertura al 100% de las prótesis y todo elemento médico/ortopédico solicitado.

    En tales condiciones, no se puede asignar al presente proceso un contenido económico determinado cuando el específico objeto del juicio es la tutela del derecho a la salud (Fallos: 329:4447).

  4. En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, su carencia de contenido económico, mérito, calidad, eficacia de la labor desarrollada, corresponde REDUCIR los honorarios regulados en favor de la Dra. P.R.A., por la...

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