Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 7 de Junio de 2016

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita267/16
Número de SAIJ16090084
Número de CUIJ21 - 510463 - 4

FIGUEROA, H.D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS FIGUEROA, HUGO DANIEL S/ LESIONES CULPOSAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 267/16 Nº Saij: 16090084 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 268 Pág. de inicio: 412 Pág. de fin: 418 Fecha del fallo: 07/06/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.C.L.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > ADMISIBILIDAD Tesauro > DECLARACION INDAGATORIA Tesauro > PROCESO PENAL > IMPUTADO > DECLARACION INDAGATORIA Tesauro > PRUEBA > PRESCINDENCIA Tesauro > PROCESO PENAL > HECHOS > TIPO PENAL CONSTITUCIONAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. ADMISIBILIDAD. IMPUTADO. DECLARACION INDAGATORIA. PRUEBA. PRESCINDENCIA Los planteos de la recurrente -agraviándose de la falta de respuesta a sus reproches por falta de motivación y fundamentación del decisorio condenatorio por lesiones graves cuando se lo habría indagado por lesiones leves, alegando que aquéllas no guardarían correspondencia con el informe médico policial, fueron introducidas meses después y no tienen debida acreditación probatoria, prescindiendo asimismo el Tribunal a quo de periciales decisivas para la determinación de la mecánica del suceso por el cual se le aplicó una pena al justiciable que entiende también resultaría infundada en su determinación-, desde una apreciación mínima y provisoria, cuentan prima facie con suficiente asidero en las constancias de la causa y suponen articular con seriedad un planteo que exige examinar, con los principales a la vista, si la sentencia reúne o no las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción que acuerda la Constitución provincial, por lo que corresponde admitir la queja y conceder el recurso de inconstitucionalidad. (Del voto de la Dra. G.. En disidencia: D.. Falistocco y N.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > JUICIO > PARTES > PRETENSION TARDIA Tesauro > DECLARACION INDAGATORIA Tesauro > PROCESO PENAL > IMPUTADO > DECLARACION INDAGATORIA Tesauro > ACTO PROCESAL > NULIDAD T. > NULIDAD PROCESAL Tesauro > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NACIONAL > CRITERIO RECTOR T. > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NACIONAL > JURISPRUDENCIA > APLICACION CONSTITUCIONAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. REFLEXION TARDIA.

IMPUTADO. DECLARACION INDAGATORIA. NULIDAD PROCESAL. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CRITERIO RECTOR. JURISPRUDENCIA APLICABLE El cuestionamiento a la congruencia por defectuosa imputación y a la falta de fundamentación de la pena no puede prosperar, pues habiendo omitido fundamentar en la oportunidad procesal pertinente el vicio ahora invocado, a la intención de traer ante esta Corte la consideración de cuestiones nulificantes le resulta aplicable la jurisprudencia del Máximo Tribunal de la Nación, relativa a que las postulaciones que resultan ser fruto de una evidente reflexión tardía de la ocurrente no pueden tener acogimiento en la medida en que importen la pretensión de someter a la Corte Suprema de Justicia una cuestión que no fue objeto de anterior alegación (ni, con ello, de estudio y decisión por los jueces ordinarios de la causa). (De la disidencia de los Dres. Falistocco y N.) - CITAS: CSJN: Fallos 303:167; 304:509; 322:1926; CSJStaFe: AyS T 179, p 432.

Texto del fallo Reg.: A y S t 268 p 412/418.

Santa Fe, 7 de junio del año 2.016.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de H.D.F. contra el acuerdo del 17 de junio de 2014, dictado por la Sala Cuarta -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, en autos caratulados "FIGUEROA, H.D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. 328/14) EN AUTOS: 'FIGUEROA, HUGO DANIEL S/ LESIONES CULPOSAS' (EXPTE. 606/13)" (E.. C.S.J. CUIJ Nº: 21-00510463-4); y, CONSIDERANDO:

  1. Por decisión del 17 de junio de 2014, la Sala Cuarta -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe confirmó lo resuelto por la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Penal Correccional Nº 4 de esa ciudad...

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