Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 3 de Noviembre de 2016, expediente COM 049416/2009

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 49416/2009 - FIDEICOMISO FINANCIERO PRIVADO FR GLOBAL 1 c/ MONTAÑA LEONARDO ENRIQUE s/EJECUTIVO Juzgado N° 24 - Secretaria N° 48 Buenos Aires, 3 de noviembre de 2016.

Y VISTOS:

En atención a la índole, extensión de los trabajos, se elevan a dos mil pesos ($ 2.000) los emolumentos del ex letrado apoderado de la actora, H.H.A. y a trescientos pesos ($ 300) los del ex letrado apoderado J.M.A. (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839).

Se consideró como base regulatoria el monto del juicio integrado por capital e intereses (CNCom., esta S., in re: “H.C.J. c/ Orbis Compañía Argentina de Seguros s/ ordinario” del 08.05.2013), devengados hasta la fecha del auto regulatorio de primera instancia. E., los estipendios deberán entenderse fijados a esa fecha.

Los honorarios revisados, fueron regulados a fs. 114/115.

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones.

MATILDE E. BALLERINI MARÍA L. GÓMEZ...

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