Fibra Papelera Sa

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación27 Abril 2007
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31144

y es continuadora de la constituida bajo el nombre de Papelera Directorio SAel doce de junio del año dos mil tres.ARTÍCULO 2º: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Podrá establecer agencias, sucursales u otras formas de representación tanto en el país como en el exterior.ARTÍCULO 3º: El plazo de duración de la sociedad se establece en noventa y nueve años contados a partir de su inscripción en la Inspección General de Justicia. ARTÍCULO 4º: La sociedad tiene por Objeto la actividad vinculada con la industria papelera mediante la producción, fabricación y transformación para sí o para terceros, en forma directa o a través de terceros o asociada con éstos, de papeles cartones, materias primas; compraventa, importación, exportación, distribución y consignación, de productos de la industria papelera, sus materias primas y sus subproductos, pudiendo incluso aceptar o dar en consignación dichos productos. Podrá asimismo y siempre en vinculación con su objeto social, desarrollar la explotación forestal en inmuebles propios o de terceros, con destino a la obtención de fibras o materias primas para la elaboración de papel y sus derivados. ARTÍCULO 5º: El capital social es de $ 3.736.000 representado por 373.600 acciones nominativas ordinarias de valor nominal unitario diez pesos ($ 10), con derecho aun voto por acción. ARTÍCULO 6º:

Podrán emitirse acciones preferidas las que tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no conforme se determine al emitirlas; podrá también fijárseles una participación adicional en las utilidades liquidas y realizadas y reconocérseles o no prelación en el reembolso del capital ante el supuesto de liquidación de la sociedad. Las acciones preferidas podrán otorgar o no derecho aun voto por acción, según se resuelva al emitirlas. ARTÍCULO 7º: Todos los aumentos del capital serán en acciones ordinarias, nominativas no endosables. Sólo podrán emitirse acciones al portador cuando las disposiciones vigentes así lo permitan. Las acciones ordinarias podrán ser con derecho a uno o cinco votos por acción, según lo resuelve laAsamblea deAccionistas, la que podrá delegar en el Directorio la época de la emisión, la forma y condiciones de pago acorde lo establece el artículo 188 de la Ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de más de una acción. Los títulos representativos de las acciones y los certificados provisionales que se emitan, contendrán las...

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