Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 1 de Marzo de 2018, expediente FRO 005471/2017/CA002

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil-Int. Rosario, 1º de marzo de 2018.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 5471/2017 caratulado “FERREYRA, L.A. c/ INSSJP - PAMI s/ Amparo Ley 16.986” (del Juzgado Federal nº 2 de Rosario).

Vienen los autos a estudio a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 121 y vta.), contra la resolución del 31 de agosto de 2017, mediante la cual se declaró abstracta la cuestión planteada acerca de la pretensión deducida en el presente amparo, imponiendo la totalidad de las costas a la demandada (fs. 119/120).

Concedido el recurso y corrido el traslado de los agravios (fs.

122), son contestados por la actora (fs. 123/124). Elevados los autos a la Alzada (fs. 125) e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. 130).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) Se agravió el apelante de lo expresado en el decisorio en cuanto le impuso las costas a su cargo.

    Sostuvo que la actora no ingresó en su momento, el pedido de medicación ante el INSSJP, con la documentación respaldatoria para dar curso al pedido ante las áreas institucionales. Agregó que, su mandante dio cumplimiento inmediato a la medida cautelar. Por lo que entendió que habiendo cumplido, corresponde que las costas sean impuestas por su orden.

    Destacó que cumplió antes de expresarse el informe circunstanciado y que no hubo demora injustificada.

    Formuló reserva del caso federal.

  2. ) El actor F. presentó acción de amparo y medida cautelar contra el INSSJP requiriendo en forma urgente que cese INSSJP-

    PAMI en su actitud lesiva originada en la negativa injustificada de brindar en tiempo y forma, y con cobertura del 100%, del sistema de micro infusión continua de insulina paradigma Veo 754 con Sistema de Monitoreo continuo de Fecha de firma: 01/03/2018 Alta en sistema: 05/03/2018 Firmado por: N.M., Secretaria de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #29491183#199940688#20180301115227355 Glucemia y de los insumos descartables compatibles para el tratamiento, toda vez que el nombrado padece de diabetes tipo I y que se encuentra realizando tratamiento intensificado de insulina.

    Relató que a raíz que presentó un cuadro de diabetes lábil hiperglucemias e hipoglucemias permanentes, su médico tratante el Dr. S.C. –endocrinólogo- decidió en el año 2009 indicarle la colocación de...

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