Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 22 de Marzo de 2022, expediente FLP 008135/2021/CA001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

La Plata, 22 de marzo de 2022.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP

8135/2021/CA1, Sala III, “F.,

I.J.c.. N.. De Serv. S.. para J. y Pensionados (PAMI-INSSJP)

s/Amparo Ley 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3, Secretaría N° 9, de Lomas de Zamora;

Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

La causa se inició con la demanda de amparo promovida por

  1. J. F. contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (en adelante PAMI), a fin de que se le ordene brindar cobertura al 100 % de la medicación MAVIRET (Glecaprevir 100 mg más Pibrentasvir 40 mg) en la cantidad que le sea prescripta por su médica tratante, para el tratamiento de la dolencia que padece.

    De acuerdo con lo que relató en su escrito inicial la señora F., de 65 años, es afiliada al PAMI y padece Hepatitis Crónica C, genotipo 1 B en estadio de cirrosis.

    Refirió que en el año 2011 se presentó a donar sangre en el Hospital Arturo Oñativia y a los veinte días recibió un llamado del personal de dicho nosocomio,

    en el que le informaron que los análisis a los que fue sometida su sangre arrojaban anticuerpos de H.C.

    Expuso que los primeros estudios se los realizaron en dicho hospital, hasta que la hepatóloga que atiende allí

    le recomendó realizar una consulta con el doctor B.,

    del Hospital Argerich.

    Expresó que los estudios confirmaron su diagnóstico de Hepatitis C, pero además determinaron que estaba transitando el estadio más grave de la enfermedad, esto es, el F4, que significa que su diagnóstico es de Cirrosis Hepática. Señaló que desde el Fecha de firma: 22/03/2022

    Alta en sistema: 23/03/2022

    Firmado por: P.M.L., Secretario de Cámara Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

    año 2012 se atiende con el equipo de hepatólogos del Hospital Argerich, sometiéndose a diversos tratamientos,

    algunos de los cuales no han sido totalmente aceptados por su cuerpo.

    Puntualizó que a partir del 2015 continuó

    atendiéndose en el mismo Hospital a través del PAMI,

    generándose muchas demoras en la autorización de los tratamientos, situación que resultaba sumamente gravosa para su salud en función del estadio que atraviesa su enfermedad.

    Sostuvo que desde el año 2019, su médica hepatóloga tratante -doctora A.A.- le indicó

    la realización de tratamientos que fueron sistemáticamente rechazados por la demandada, bajo el argumento de que la medicación no está disponible en el PAMI y que su médica debe prescribirle algunos de los medicamentos que aquélla está en condiciones de brindar,

    omitiéndose considerar que ello no es posible porque ya ha sido tratada con esas otras drogas con resultados negativos, como lo detalló su médica en el informe médico de febrero de 2021.

    Hizo hincapié en que en la solicitud de tratamiento emitida por su médica se señaló la falta de respuesta a otros tratamientos previos y la necesidad de iniciar el esquema glecaprevir 100 mg más pibrentasvir 40 mg durante 12 semanas, para evitar la progresión de la enfermedad, hepatocarcinoma y requerimiento de trasplante hepático.

    Enunció que, con dicha prescripción, más la receta correspondiente, el formulario de hepatitis C y una nota dirigida al PAMI, se presentó en las oficinas de la demandada, donde se negaron a recibir la documentación, nuevamente bajo el argumento de que no cuentan con dicha medicación y que debe indicársele otra droga.

    Fecha de firma: 22/03/2022

    Alta en sistema: 23/03/2022

    Firmado por: P.M.L., Secretario de Cámara Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

    Manifestó que como el personal de PAMI se negaba a recibirle la documentación, impidiéndole demostrar su rechazo, requirió la ayuda de su hija para ingresar los correspondientes reclamos en la plataforma de trámites online del PAMI, obteniendo la misma respuesta, esto es, que la droga se encuentra fuera de convenio y que el médico tratante debía readecuar el tratamiento con otro producto que se encuentre...

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