Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 20 de Agosto de 2021, expediente COM 032587/2019/CA001

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

32587/2019 - FERRETTI, LUIS OSCAR s/QUIEBRA

Buenos Aires, 20 de agosto de 2021.

Y VISTOS:

En las presentes actuaciones se dispuso la clausura por falta de activo, supuesto que no encuadra en ninguno de las previsiones del art. 267

de la ley 24.522.

Sin embrago, atento a lo normado por el art. 268, inc. 2 LCQ,

para la determinación de los estipendios de los profesionales, en los casos en que la quiebra concluye por falta de activo, debe tenerse en cuenta la labor efectivamente realizada, considerando la especial circunstancia que no ha habido liquidación de bien alguno.

Por ello y ponderando la índole, extensión de los trabajos realizados, se reducen a ochenta mil pesos ($ 80.000) los estipendios del sindico L.D.C..

N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11 y 38/13 CSJN.

Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la...

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