Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 14 de Noviembre de 2016, expediente CNT 019061/2014/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 19061/2014/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 34467 AUTOS: “FERRER JUAN C/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A Y OTRO S/ ACCIDENTE - LEY ESPECIAL”

(JUZGADO Nº 9)

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2.016.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 92 por la abogada apoderada de la codemandada Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., por derecho propio, por considerar reducidos los honorarios regulados a su favor en la sentencia definitiva dictada a fs. 90/91.

Y CONSIDERANDO:

Atendiendo a la naturaleza, mérito y extensión de las tareas desarrolladas por la apelante (fs. 37/51vta., 62, 64, 70/vta.), estímase que los honorarios regulados no lucen reducidos, motivo por el cual se confirmarán en esta instancia (conf. art. 38 L.O. y Ley 21.839).

Por los fundamentos expuestos, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1)

Confirmar la regulación de honorarios apelada. 2) Regístrese, notifíquese...

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