Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 24 de Agosto de 2022, expediente CIV 068936/2003

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

68936/2003

FERRARO DE BERTICHE ODOLINDA CLARA Y OTROS c/ PAMI Y OTROS

s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

La aclaratoria admitida por la legislación procesal procede para la corrección de un error material; la aclaración de conceptos oscuros y la subsanación de omisiones sobre alguna de las pretensiones deducidas o discutidas en el litigio (confr. arts.36 inc. 6° y 166

inc.2° del Cód. Procesal; M., Códigos Procesales..., t.II-C pág.280).

En atención a lo solicitado en la presentación a despacho, por haberse incurrido en un error material toda vez que, en efecto y como bien señala el profesional, se consignó

equivocadamente su apellido en la regulación de honorarios, corresponde rectificar el decisorio en lo pertinente.

En consecuencia, aclárase la resolución del 17 de agosto del año en curso, en el sentido que donde se lee...

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