Ferrari

Juez Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de San Martín,notifica y hace saber: Que a fs. 89/90, de los autos N° 50.636, caratulados "FERRARI, JOSÉ LUIS p/CONCURSO PREVENTIVO HOY QUIEBRA" dictó la siguiente resolución la que transcripta en su fecha y parte pertinente dice: "Gral. San Martín, Mza., 18 de Mayo de 2011. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: I.- Decretar la quiebra indirecta de José Luis Ferrari, con D.N.I. N° 16.644.908, C.U.I.L. N° 20-16644908-2, con domicilio real en manzana "B", casa 1", Barrio Patricias Mendocinas, Gral. San Martín, Mendoza, por frustración del acuerdo preventivo, art. 43 de la Ley 24.522. II.- Ordenar la anotación del estado de quiebra y la inhibición general del fallido en los registros correspondientes, debiendo oficiarse para la toma de razón a la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, al Registro Civil y Capacidad de las Personas, al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y a la Delegación Administrativa de la Excma. Suprema Corte de Justicia de esta Tercera Circunscripción Judicial con remisión de la ficha respectiva. III.- Ordenar la prosecución en sus funciones del Sr. Síndico designado en autos, Contador Juan Antonio Villarroel, por tratarse de un caso de frustración del concurso preventivo en trámite (cf. art. 253, de la L 24.522). Notifíquese de oficio en papel del Tribunal. IV.-... intimando al mismo y a los terceros a que entreguen al Síndico los bienes que tengan en su poder, de propiedad del fallido y sujetos a tal medida, previniéndose a los terceros de la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces... V-... VI.-...

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