Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 19 de Octubre de 2023, expediente CNT 014986/2022/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación SENT. INT. EXPTE Nº: 14.986/2022 (62.573)

JUZGADO Nº: 69 SALA X

AUTOS: “F.S.C. C/PROVINCIA A.R.T. S.A.

S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

Buenos Aires.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la actora respecto de la resolución dictada en primera instancia en cuanto declaró la ausencia de aptitud jurisdiccional para entender en el caso.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Es conveniente remarcar de comienzo que la ley 27.348 contiene disposiciones procesales además de las de fondo. Las primeras resultan operativas desde el USO OFICIAL

    mismo momento en que entró en vigencia la ley, por lo cual son de aplicación al presente caso al tomar en consideración el momento en que fue interpuesta esta demanda.

    Aclarado lo anterior, en orden a la constitucionalidad del procedimiento contemplado por la citada ley, es pertinente tener presente que la temática ha sido zanjada por el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Pogonza c/

    Galeno ART S.A. s/ accidente ley especial” (sentencia del 2/09/2021), cuya doctrina es seguida por esta Sala por una razón institucional y porque, además, es coincidente con la que venía adoptando antes del dictado del mentado pronunciamiento del Alto Tribunal. Ver en ese sentido fallo de esta sala X en autos “M.M. c Swiss Medical ART“

    (sentencia del 9 de febrero de 2018).

  2. ) Ocurrió que a escasos días de la sentencia de esta sala X en el caso “C., la Superintendencia de Riesgos del Trabajo cambió el contenido de la resolución 298/2017. En efecto, al poco tiempo del mentado fallo, la SRT en realidad decidió modificar (dijo “aclarar”) la anterior resolución mediante su similar Nº 899-E/2017

    del 8 de noviembre de 2017. De tal modo, este Tribunal en autos “M.M.A. C/ Swiss Medical ART S.A. s/ accidente- ley especial” (expte. Nº: 33877/2017, sentencia del 9 de febrero de 2018) entendió que con el dictado de la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo Nro. 899-E/2017 la situación se ha visto morigerada, sin llegar -por el momento- a la inconstitucionalidad. Ello pese a que la meritada resolución se autocalifica como “aclaratoria”, aunque en concreto es “modificatoria” de la anterior 298/2017.

    En efecto, de acuerdo con lo dicho, el Tribunal entiende que con el dictado de la resolución “aclaratoria” Nº 899 –E/2017 (en realidad “modificatoria”) resultan -de momento- superadas las objeciones acerca de la constitucionalidad del procedimiento administrativo obligatorio y previo de...

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