Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 5 de Diciembre de 2019, expediente FMZ 042117/2016/CA001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 42117/2016/CA1 Mendoza, VISTOS:

Los presentes autos Nº 42117/2016/CA1, caratulados: “FERNANDEZ, N.V. POR SI Y POR SUS HIJOS MENORES c/ANSeS s/amparo ley 16.986”, venidos del Juzgado Federal Mendoza, a ésta S.B., a fin de resolver el incidente de caducidad de la segunda instancia deducido por la parte actora a fs.59/62 y vta..

Y CONSIDERANDO:

1- Que se presenta la Dra. M.M., en representación de la actora e interpone incidente de caducidad de la segunda instancia abierta con el recurso de apelación incoado por la demandada a fs. 56/57 vta.

Refiere que desde la concesión del mismo, a fs. 58, la apelante no ha realizado ningún acto procesal útil a fin de instar la segunda instancia que ella misma generó, a pesar de estar debidamente notificada, según constancias de autos. De manera que se ha cumplido, en exceso, el plazo legal de 3 meses; así plantea la caducidad de la instancia recursiva.

Contesta los agravios en subsidio, con fundamentos que doy por reproducidos en honor a la brevedad.

Cita Jurisprudencia.

2- Que, a fs. 66/67, contesta el traslado conferido la demanda, solicitando el rechazo del incidente y funda su contestación, con argumentos a los cuales remito.

  1. - Ingresando al análisis de la caducidad vertida, esta S. considera que la misma procede, por las circunstancias de hecho que a continuación se exponen.

De las constancias de la causa surge que, la apoderada de ANSES interpuso recurso de apelación, en fecha 26 de junio de 2017, contra la sentencia de fs. 48/54 vta.

Que, a fs. 58, con fecha 29 de junio de 2017, el Juez de primera instancia, concedió en ambos efectos el recurso y ordenó correr traslado de la fundamentación del mismo por 48 horas.

Con fecha 29 de septiembre de 2017, la actora se notifica, interpone planteo de caducidad y contesta en subsidio.

Fecha de firma: 05/12/2019 Firmado por: O.P.A., Jueza de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: CLARA MARÍA CIVIT, Secretaria Federal #29262823#232817949#20191127101224132 Así las cosas, se advierte que efectivamente la parte no llevó a cabo las actuaciones necesarias para notificar el traslado ordenado a fs. 58, dado que, no existe constancia de cedula papel ni notificación electrónica. Tal traslado se concedió por un plazo acotado de 48 hs., atento la naturaleza sumarísima del amparo. Tal conducta importa una prueba de falta de...

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