Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 30 de Agosto de 2016, expediente CAF 012160/2013/CA001

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 12.160/2013: “FERNANDEZ MIGDONIA DOMINGA c/

HOSPITAL DE PEDIATRIA SAMIC PROFESOR JUAN P GARRAHAM s/ EMPLEO PUBLICO”

Buenos Aires, 30 de agosto de 2016.- SMM Y VISTOS:

I- Que, con fecha 18 de agosto de 2016, esta S. decidió declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, por no haber expresado agravios luego de que se encontrara notificada de la providencia que ordenó poner los autos en la Oficina, a los fines del art. 259 del Código Procesal (v. fs. 237).

II- Que, contra lo decidido por este Tribunal, la actora interpone recurso de reposición “in extremis”. Aduce que incurrió en un error material y que el recurso ha sido presentado en la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Asimismo, refiere que no ha mediado desinterés de su parte, ante la existencia de una copia digital del escrito de expresión de agravios (v. fs. 238/6).

III- Que, en primer lugar, cabe señalar que el planteo recursivo intentado por la parte demandada resulta formalmente improcedente.

Ello es así, toda vez que las sentencias y resoluciones de la Cámara son -por regla- insusceptibles de reposición; remedio tan sólo autorizado en esta instancia para las providencias simples (arg. arts. 160, 238 y 273 del Código Procesal; F., “Código Procesal Civil”, 2 da. Ed. T. I n° 1660; Palacio “Derecho Procesal Civil” t. V, pág. 57; esta S., “I.M. c/

CPACF (Expte 20334/06)”, del 7/10/10; “N.G.E. -

RQU (Autos 15929/10 “ADIF SE” s/ queja”, del 4/12/12; “SOLCI SRL c/ EN- M° Economía -Resol 47/07 (EXPTE S01: 9000109/10)

s/ amparo ley16.986”, del 7/5/15, entre muchos otros).

Fecha de firma: 30/08/2016 Firmado por: J.E.A.C.M.G.S.G.F., Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #11144205#160713615#20160831082446348 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 12.160/2013: “FERNANDEZ MIGDONIA DOMINGA c/

HOSPITAL DE PEDIATRIA SAMIC PROFESOR JUAN P GARRAHAM s/ EMPLEO PUBLICO”

IV- Que, por otra parte, corresponde destacar que la expresión de agravios debe ser presentada ante el tribunal de segunda instancia que interviene en la causa (conf. art. 259 del C.P.C.C.) y que, por consiguiente, es ineficaz el escrito presentado ante...

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