Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 15 de Junio de 2023, expediente FRO 007059/2020/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Prev/Def Visto en Acuerdo de la Sala “A”

integrada el expediente Nº FRO 7059/2020 caratulado “FERNANDEZ MAZZER, R. c/ ANSES s/ PENSIONES”, (originario del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Rosario), del que resulta,

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución del 13 de diciembre de 2021, que hizo lugar a la demanda interpuesta por la Sra.

    F.E.M. en representación de su hija menor de edad, R.F.M., revocó la resolución dictada por ANSeS y consecuentemente le otorgo el beneficio de pensión directa por el fallecimiento de su padre, a quien se lo calificó como aportante irregular con derecho.

    Concedido libremente el recurso interpuesto, se elevaron los autos a esta Cámara Federal de Apelaciones, que por sorteo informático quedaron radicados en esta Sala “A”. La apelante expresó los agravios, los que no fueron contestados por la contraria, por lo que se dispuso el paso de los autos al acuerdo, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. - La demandada se agravió de que la jueza a quo, después de analizar la historia laboral del causante y contabilizar que el Sr. A.E.F. al momento de su fallecimiento contaba con servicios insuficientes (6 años y 4 meses), resolvió hacer lugar a la demanda en merito a la naturaleza tuitiva del derecho de la seguridad social y al carácter alimentario del crédito reclamado, basándose en que la solución adoptada le parece justa.

    Señaló que su parte no desconoce los Fecha de firma: 15/06/2023

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA causante aportes que el realizó al sistema, pero si entiende Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.D.M., SECRETARIO

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    que se debe aplicar en los presentes el texto de la ley, ya que sino, se crearía un supuesto de inseguridad jurídica perjudicial para todo el sistema.

    En este sentido, manifestó que su situación no encuadra dentro de las disposiciones del decreto reglamentario 460/99 y solicitó que se revoque la sentencia.

    Finalmente, mantuvo la reserva del caso federal.-

    Y Considerando:

  3. La cuestión que nos ocupa se circunscribe a dilucidar si al causante al momento del fallecimiento podía considerársele aportante regular o irregular con derecho y en consecuencia acceder la actora, en representación de su hija menor de edad, al beneficio de pensión o si por el contrario, no se cumplen en el caso los requisitos mínimos que la ley y su reglamentación exigen para tal supuesto.

    1.1. De las constancias que obran en la causa, se advierte que el causante falleció el 20 de noviembre de 2016 a los 40 años de edad, registrando un total de seis (06) años y cuatro (04) meses de servicios con aportes.

    A su vez, cabe señalar que de la documentación que obra digitalizada en los presentes, se desprende que el Sr. FERNANDEZ realizó aportes hasta noviembre de 2016 (mes que ocurrió el fallecimiento), lo que resulta decisivo para dirimir la cuestión traída a revisión,

    ...

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